Como parte de sus competencias, la Ursea autoriza la comercialización de los calentadores de agua, en el marco del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT).
En un comunicado se señala que «los calentadores de agua autorizados por la Ursea son del tipo de acumulación e instantáneos con elementos calefactores aislados del agua. Subrayamos que la Ursea no autoriza la comercialización de calentadores instantáneos que tengan elementos calefactores en contacto con el agua».
Se recordó que»en toda instalación eléctrica deben cumplirse los requisitos de seguridad establecidos en el Reglamento de Instalaciones de Baja Tensión. En particular, para la protección contra el choque eléctrico debe verificarse que la instalación cuente con protección diferencial y esta funcione correctamente».