La “propaganda proselitista en la vía pública o que se oiga o perciba desde ella”, así como “en los medios de difusión escrita, radial o televisiva” deberá cesar 48 horas antes del domingo 27 de marzo. De igual manera deben suspenderse la divulgación de “resultados de encuestas o consultas, o cualquier tipo de manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la ciudadanía”.
Esta prohibición comienza a la hora cero del viernes 25 de marzo y se extiende hasta las 20:30 del domingo 27, día del referéndum.
Según informa la Corte Electoral, toda persona con trabajadores a cargo en el ámbito público o privado, debe otorgar “no menos de dos horas” al personal para ir a votar, “sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan”.
Durante el horario de votación, “no puede estorbarse el tránsito de los votantes, mostrárseles en el ejercicio de la votación ni provocarse desórdenes, tumultos o agresiones que perjudiquen el desarrollo regular del acto electoral”.
“La violación de estos preceptos constituye delito electoral”, indica la Corte.
Tampoco podrán «efectuarse espectáculos públicos en lugar abierto o cerrado, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político» ese día durante la votación.
Desde las 19:30 horas del sábado 26 de marzo y hasta la clausura de la votación (el domingo 27) no podrán venderse bebidas alcohólicas.