Corte IDH Declara Responsabilidad de Colombia por Desaparición Forzada y Hostigamiento a Familiares de Víctimas

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad internacional del Estado colombiano por la desaparición forzada de Jhon Ricardo Ubaté Monroy y Gloria Mireya Bogotá Barbosa, ocurrida el 19 de mayo de 1995, así como por el acoso y hostigamiento sufrido por sus familiares en su búsqueda de justicia.

La sentencia fue notificada este día, en el marco del caso Ubaté y Bogotá Vs. Colombia.

Los Hechos y el Contexto

Ubaté y Bogotá, excombatientes del Ejército Popular de Liberación (EPL) desmovilizados en 1991, desaparecieron tras ser detenidos por agentes de la Unidad Antiextorsión y Secuestro de la Policía (UNASE). La Corte concluyó que estos hechos se dieron en un contexto de persecución a excombatientes del EPL en medio del conflicto armado colombiano.

Posteriormente a su desmovilización, Ubaté se convirtió en defensor de derechos humanos, denunciando actos de violencia paramilitar. La Corte enfatizó que su labor de defensa de derechos humanos lo convirtió en blanco de persecución, concluyendo que el Estado violó su derecho a defender los derechos humanos.

Impunidad y Violaciones Adicionales

El Tribunal destacó que el caso permanece en total impunidad, ya que no se han identificado ni sancionado a los responsables. Asimismo, criticó la limitación de las investigaciones, que ignoraron indicios de participación estatal pese a pruebas y testimonios.

Familiares de las víctimas, en su búsqueda de verdad y justicia, enfrentaron amenazas y hostigamientos constantes, particularmente Sandra del Pilar Ubaté, hermana de Jhon Ricardo, quien tuvo que exiliarse en 1997 debido a las amenazas. La Corte destacó que la búsqueda desde el exilio presenta retos únicos y requiere especial apoyo estatal, algo que Colombia no garantizó.

Reconocimiento y Reparaciones

El Estado colombiano realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad y acordó reparaciones con las víctimas y sus representantes, lo que fue valorado por la Corte como un paso positivo. Sin embargo, el Tribunal determinó que era necesario pronunciarse sobre aspectos no cubiertos en dicho acuerdo.

Entre las medidas ordenadas, la Corte incluyó reparaciones económicas, acciones para garantizar la memoria y medidas de no repetición. También reconoció los derechos vulnerados de los familiares, incluyendo el derecho a la protección de la niñez y la integridad personal.

Composición del Tribunal y Observaciones

La sentencia fue emitida por los jueces Nancy Hernández López (Presidenta, Costa Rica), Rodrigo Mudrovitsch (Vicepresidente, Brasil), Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México), Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay) y Verónica Gómez (Argentina). El juez colombiano Humberto Antonio Sierra Porto no participó en el caso.

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