Dos casos de violencia doméstica en Paysandú

Dos hechos de violencia doméstica que terminaron con lso hombres procesados con libertad a prueba se desarrollaron en las últimas horas en paysandú.

Bala

Según consigna el diario «El Telégrafo» en uno de los casos un hombre de 55 años resultó imputado al comprobarse su responsabilidad en un hecho de violencia doméstica en que las víctimas temieron por su vida. En una casa de familia en jurisdicción de la Comisaría Tercera, unas mujeres indicaron que habían sido objeto de amenazas de incendio por el denunciado. Este había rociado la casa con combustible. La Policía constató que una de las víctimas –de 25 años– sostenía un matafuegos como elemento de defensa, a la vez que acusaba al hombre de haber generado el incidente y que también él se había rociado en nafta. Los policías lograron entablar un diálogo con el hombre y trasladarlo hacia la comisaría. Los hechos en detalle se informaron a Fiscalía, que resolvió condenar al atacante por “un delito de violencia doméstica agravada”, imponiéndole como pena 8 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba, incluida la colocación de un dispositivo de monitoreo electrónico.

En el otro caso en pueblo Piedra Sola, en jurisdicción de la Comisaría 10ª, la policía concurrió a un domicilio dónde una mujer de 54 años señaló que fue agredida físicamente su pareja. La víctima presentaba lesiones visibles que fueron constatados por los policías. El hombre ya se había retirado del lugar, llendo a un comercio. pidiendo una cerveza, exhibiendo un arma de fuego y diciendo que iba a matar a su pareja. Se dió entonces aviso al 911. Posteriormente el hombre fue detenido y se incautó 1 cuchillo de 18 centímetros de hoja; 75 cartuchos calibre .22; 5 cartuchos calibre 38; 1 rifle marca Ruger calibre .22; 1 revólver marca Smith & Wesson calibre .38; y otro rifle.

La Justicia lo condenó por “un delito de violencia doméstica agravada en reiteración real, con un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego y municiones en concurso formal; con un delito de tráfico interno de armas”; imponiéndole como pena 10 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba. Entre varias medidas, se impuso al condenado la obligación de servir una reparación patrimonial a la víctima, equivalente a 12 de sus ingresos mensuales o doce salarios mínimos en su defecto, en base al Artículo 80 de la ley Nº 19.580.

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