“El ejercicio de justicia es necesaria para la salud democrática” del Uruguay

Abogado Pablo Chargoñia sobre procesamiento de ex militares

En los últimos días tuvieron lugar 5 resoluciones judiciales contra represores de la última dictadura. Desde el 1º de marzo de 2020 ya son más de 30 los ex-militares, policías y civiles procesados por crímenes cometidos durante el terrorismos de Estado en Uruguay.

Consultado al respecto por Diario La R, el abogado Pablo Chargoñia del Observatorio Luz Ibarburu (Oli) señaló que “no hay que olvidar que Uruguay está obligado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su célebre fallo Gelman Vs Uruguay a juzgar todos estos casos que los considera como casos de violaciones a los DDHH, dijo el abogado.

Si bien existieron procesamientos desde el año 2006, luego de aprobada la llamada Ley Interpretativa de la ley de Caducidad los casos se multiplicaron. Hoy hay cerca de 70 procesados, la mitad de los cuales lo fueron en el presente período de gobierno luego de investigaciones de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad liderada por el fiscal Ricardo Perciballe,

Más allá de la ley de caducidad refrendada dos veces por la ciudadanía (1989 – 2009) la ley interpretativa y los fallos internacionales han facilitado el juzgamiento de estos crímenes.  “Este tipo de delitos o de crímenes no pueden quedar sin juzgamiento y sin eventual castigo. Así lo dice el tribunal internacional” nos comenta Chargoñia. 

Chargoñia agregó que “si en el marco del debido proceso, hay plena prueba de la responsabilidad de los autores, estos tienen que ser sancionados. Es un ejercicio de justicia, aun tardía, pero sumamente necesaria para la salud democrática del Uruguay y como garantía de no repetición de estos hechos horrendos” puntualizó.

Desde el Observatorio Luz Ibarburu se patrocinan y llevan adelante centenares de causas pero su cometido tiene también otros alcances: “hacemos un esfuerzo de publicación de las resoluciones judiciales precisamente como una forma de contestar una banalización de estos hechos” dijo el abogado de Derechos Humano (DDHH) y agregó que buscan contrarrestar con esto “la estrategia discursiva que viene desde los sectores de la derecha y de los sectores impunidores que intentan desacreditar los relativos avances de la justicia uruguaya”.

“El secuestro de los uruguayos”

El pasado 6 de diciembre se conoció el procesamiento de los Represores Glauco Yanone y Carlos Rosell que fueron procesados con prisión por el secuestro de Universindo Rodríguez y Lilián Celiberti junto con sus dos hijos quienes se encontraban en Porto Alegre, Brasil en 1978.

Consultado sobre el hecho, Pablo Chargoñia nos dijo que “es un caso emblemático porque es la expresión del siniestro plan cóndor que implicaba la coordinación de los Estados represivos del Cono Sur, en este caso el vínculo entre Brasil y Uruguay” afirmó y destacó que “hay muchos ejemplos de coordinación represiva entre argentinos y uruguayos pero en este caso intervino la dictadura brasileña en directa relación con el Estado uruguayo y es un asunto que se trató al más alto nivel de la burocracia terrorista estatal uruguaya y el país vecino” explicó Chargoñia.

El Caso de Rodriguez, Celiberti y Universindo es singular porque en él se ve como en pocos casos la coordinación entre los regímenes del Cono Sur: “el servicio de información y defensa intervino, intervino la ocoa y finalmente los agentes que viajaron a Brasil a secuestrar a una familia” afirmó Chargoñia. 

El abogado destaca que este episodio tiene otras particularidades: “el caso tiene también esa trascendencia de que se afectó y se lesionó los Derechos Humanos de todo un grupo familiar lo que incluía niños” afirmó. 

El movimiento que reclama por verdad y justicia acerca de los crímenes cometidos por la última dictadura ha crecido año a año y su máxima manifestación tiene lugar cada 20 de mayo en una marcha multitudinaria que exige el esclarecimiento de los casos de desaparición forzada. Para Pablo Chargoñia el emblemático caso de Yanone y Rossel ha marcado un antes y un después: “han pasado muchos años pero este auto de procesamiento tiene también la importancia de dar una respuesta a ese clamor de verdad y justicia que el caso merece” afirmó.

Del lado de los represores se denuncia que muchos casos se tratan como delitos de lesa humanidad a pesar de que fueron cometidos en las décadas del 60, 70 y 80 cuando esta figura aún no existía en nuestro ordenamiento jurídico. Consultado sobre esto el abogado del Observatorio Luz Ibarburu explica que “en esas resoluciones lo que se imputa a los autores de estas graves conductas son los delitos que estaban vigentes en la década del 70. Concretamente en el caso de Carlos Rossel y Glauco Yanone se les imputa el delito de privación de libertad (prisión política) y el delito de violencia privada (tortura)”. 

Para Chargoñia, la jueza Silvia Urioste, quien falló en el caso Yanone-Rossel, interpretó que en la medida que estos delitos fueron “cometidos por funcionarios del Estado en el marco de una política de represión generalizada tiene las características propias de un crimen de lesa humanidad” nos dijo. Según esto, Urioste habría imputado los delitos previstos en la década del 70 pero caracterizados, por su naturaleza, como crímenes de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles.

Las resoluciones sobre Yanone y Rossel no son de condena sino de procesamiento lo que determina que durante el juicio puede eventualmente haber una condena. El ex militar Eduardo Ferro por su parte, involucrado en el mismo caso se encuentra cumpliendo condena en la cárcel de Domingo Arena por la desaparición del militante Oscar Tassino en 1977. Para juzgarlo por el secuestro de Universindo y Celiberti habría que contar con la autorización de España ya que fue extraditado de ese país a Uruguay por otra causa.

El cuarto militar uruguayo involucrado en este caso se llama José Bassani que hoy se encuentra en España viviendo en libertad.

Del lado brasilero el militar involucrado en el caso conocido como “el secuestro de los uruguayos” de 1978 fue el jefe de policía brasileño, Pedro Seelig quien fue absuelto en 1980 y falleció recientemente.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Latest from Nacionales