Primera parte del documento elaborado para el evento organizado por Fuerza Renovadora – Convocatoria 95. Fuimos convocados por el Senador Diego Olivera y el encuentro culminó con las reflexiones del Senador Mario Bergara. Participamos en calidad de panelistas Gabriela Rodríguez, Fiorella Ciappessoni, Jaime Saavedra y Graciela Barrera. Esta es la primera parte de mi intrvención.
El tema que nos convoca es la situación de las cárceles en Uruguay. El Artículo 26 de nuestra Constitución establece que:En ningún caso se permitirá que las cárceles sirvan para mortificar, y sí sólo para asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito.
Lamentablemente Uruguay no cumple con el Artículo 26 de la Constitución Nacional.
Y ello es una grave violación que no alcanza solamente con ser denunciada, sino que debe corregirse. Es una asignatura pendiente que debe encarar el país de la mano de un gobierno que esté genuinamente comprometido con el respeto a los derechos humanos y la justicia social. El Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, integrado por 10 expertos independientes entregó el 13 de mayo de 2022 sus recomendaciones. En lo relativo a las condiciones de detención en las prisiones, pidió que se adopten en forma urgente medidas para mejorar el sistema de reclusión, reduciendo la sobrepoblación en los establecimientos penitenciarios.
También solicitó que se corrijan las graves deficiencias observadas en los centros de detención, especialmente en lo relativo al suministro de agua en las celdas, la falta de camas, los problemas de calefacción e iluminación y el mal estado de las instalaciones eléctricas. Manifestó la necesidad de permitir las actividades al aire libre, el ejercicio físico, las actividades de rehabilitación y las de carácter psicosociales.
Expresó la necesidad de separar a los reclusos en prisión preventiva, de aquellos que están con condenas firmes.Y dio a conocer su preocupación por el incremento en el número de las muertes registradas en las cárceles, las cuales para el periodo entonces examinado (2021) fue del 79%.
Sobre este particular, expresó que las muertes se relacionan con falta de asistencia y tratamiento médico en las personas con problemas de salud mental y pidió de manera concreta que se investiguen a través de un órgano independiente, todos los fallecimientos durante el período de privación de libertad.
Es bien sabido que existe una superpoblación carcelaria y que este fenómeno ha tenido un muy rápido crecimiento. Uruguay tiene la tasa de encarcelamiento más alta de América del Sur y se ubica en los primeros puestos a escala mundial.
En agosto del 2023, se alcanzó la cifra de 15.000 presos, cuando hace 20 años atrás, la misma no superaba los 5.000. En Uruguay nacen poco más de 30.000 niños por año. El equivalente a la mitad de ese número, hoy está en prisión…
En las cárceles hay hacinamiento y violencia interna. Eso queda claramente reflejado en el informe de la Oficina del Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario.
Uruguay cuenta con 26 establecimientos penitenciarios, con un promedio de ocupación del 123%.
De los 15.000 presos, solamente 1.500 están en unidades que poseen algunas condiciones básicas para llevar a cabo procesos orientados hacia la rehabilitación, mientras que 8.400 carecen de oportunidades suficientes y 5.100 están directamente expuestos a condiciones de trato cruel, inhumano y degradante.
También se dispone de información que permite establecer que una proporción muy elevada de la población carcelaria está conformada por gente joven, de hasta 35 años de edad.
En efecto, las cárceles están repletas de varones jóvenes. El 75% de los presos está conformado por menores de 35 años, condenados en su mayoría por delitos de hurto, tráfico o venta de estupefacientes y rapiña. Son en su gran mayoría desertores del sistema educativo.
Un informe de la Administración de los Servicios de Salud del Estado, ASSE, pone de manifiesto que los problemas de adicciones entre los reclusos alcanzan a la gran mayoría.
Según ASSE, más del 90% de los presos relevados observa adicción a las drogas y en la mayoría de los casos, se registró la existencia de poli consumo.
Por su parte, el Ministerio de Educación hizo saber que el 53.5% de los presos que ingresaron al sistema penitenciario, eran analfabetos. Ello fue determinado aplicando metodologías que rastrearon la performance según distintas consignas en diferentes áreas como geometría, cálculo, escritura, producción de textos escritos y comprensión lectora.
Cuando se examinó la voluntad de los reclusos por continuar estudiando, se constató que el 94.4% de la población privada de libertad, respondió afirmativamente. Y los motivos que expusieron para ello fueron por mejorar su capacidad de inserción laboral, superación personal, interés en el aprendizaje y un porcentaje muy minoritario, tan solo el 4.4%, expresó que lo haría para reducir la pena.
Estos porcentajes generaron una grata sorpresa en las autoridades del Instituto Nacional de Rehabilitación.
Pero en condiciones de hacinamiento y sin infraestructura básica, resulta muy difícil concretar un proceso que tenga posibilidades ciertas de éxito en esta materia.
Y para ello se requiere contar con un Plan que aborde una multiplicidad de aspectos pertinentes, un Plan que sea consistente y bien formulado, que realice previsiones detalladas acerca de los recursos técnicos y presupuestarios que se requieren. Me referiré al mismo en la parte final de esta presentación.
Otro rasgo muy preocupante en las condiciones de reclusión del Uruguay, es la violencia dentro de las cárceles. Según cifras del Ministerio del Interior, siete de cada diez muertes de personas con privación de libertad, fueron violentas.
La tasa de homicidios en las cárceles es 15 veces mayor a la que registra la tasa nacional. Y la tasa de suicidios en las cárceles, es siete veces mayor que la de la población general. Tal vez el dato más significativo que conviene retener es que la reincidencia alcanza el 70%, según un informe elaborado por el Ministerio del Interior.
El Ministerio del Interior definió el concepto de reincidencia en los siguientes términos: “La reincidencia delictiva alude a la comisión reiterada de conductas delictivas y es utilizada para evaluar la efectividad del sistema penal en cuanto a sus capacidades de reinserción y rehabilitación. Ya sea interpretada desde una perspectiva de seguridad pública (la reiteración de un comportamiento delictivo), desde una perspectiva jurídica (la reiteración de una condena), o desde una perspectiva penitenciaria (el re encarcelamiento), la reincidencia delictiva constituye un criterio central e imprescindible para medir el éxito o fracaso del sistema penal y de la política criminal. “
Los resultados del estudio realizado por el Ministerio del Interior permitieron establecer que la reincidencia aumenta conforme pasa el tiempo: de las personas excarceladas en el 2019, el 29.2% reincidió en los primeros seis meses desde su primera excarcelación, el 44.1% en un período de un año, el 58.7% en un período de dos años, y el 65.6% en un período de tres años.
Según el criterio del Ministerio del Interior, la curva de crecimiento tiende a aplanarse, por lo cual estiman que se estabiliza en el entorno del 70%.La reincidencia es mayor en varones que en mujeres. También se relaciona con la edad: a mayor edad, menor reincidencia. La mayor reincidencia se da entre los 18 y los 37 años de edad. Luego comienza a disminuir de manera drástica.
Disponer de esta información resulta de gran importancia. El gran cambio que se debe considerar es que el perfil del delito en Uruguay se ha modificado a partir del impacto que tiene el narcotráfico como una realidad nacional, regional y mundial.