España introdujo una modificación legislativa que permitirá a establecimientos comerciales como los supermercados limitar el número de artículos por comprador para evitar el desabastecimiento.
El Gobierno español introdujo el miércoles una nueva disposición en la Ordenación del Comercio Minorista.
«Los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal» la prohibición de limitar la cantidad de productos que pueden ser adquiridos por cada comprador. Según la ley española vigente hasta ahora, los comerciantes no podían restringir la cantidad de artículos en la compra de los consumidores.
No obstante, fue una práctica utilizada por muchos supermercados y establecimientos de alimentación en el comienzo de la pandemia del coronavirus.
Pero más recientemente, ante la escasez de algunos productos por la crisis de Ucrania. El texto añadido por el Gobierno permitirá a los comercios saltarse esta prohibición «excepcionalmente».
O «cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen». «Estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario». Con el fide de impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas», indica la modificación de ley.
Demanda «Anómala» en España
La Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS) advirtió de que algunas empresas de distribución alimentaria estaban adoptando «medidas de limitación de venta de aceite de girasol» debido a una «demanda anómala» de los consumidores de ciertos productos procedentes de Ucrania.
Con información de Sputnik.