Los Concejos Vecinales son integrados por organizaciones sociales y autónomas, conformadas por vecinos, vecinas, colectivos e instituciones barriales que contribuyen al desarrollo del vecindario.
Su principal objetivo es servir de portavoces de las necesidades, demandas y propuestas de cada barrio, ante las autoridades nacionales, departamentales y municipales.
Actualmente se encuentran regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y municipal.
Cada concejo se compone por un promedio de entre 15 y 40 personas, con representatividad adquirida a partir de elecciones vecinales directas, mediante voto secreto.
El trabajo de los concejales vecinales es honorario. Pueden participar de ellos personas interesadas en su zona y representantes de organizaciones sociales, culturales o deportivas.
La inscripción
Las personas que se inscriban deben ser mayores de 16 años y contar con residencia personal, laboral o social en la zona que tratan de representar.
Pueden presentarse respaldadas por nota de una institución u organización o presentando una planilla con la firma de 20 residentes del barrio.
Las postulaciones podrán realizarse:
- Vía web: completando el formulario digital y adjuntando la planilla aval con las 20 firmas o la nota aval de la institución u organización que lo respalda. En caso de optar por la modalidad web, debe adjuntarse foto, firma y aclaración de firma de quien se postula.
- Vía presencial:descargando el formulario junto con la planilla aval con las 20 firmas o la nota aval de la institución u organización que lo respalda, y presentando estos documentos en el Centro Comunal Zonal (CCZ) que le corresponda al barrio.