Dentro de 46 días, los ciudadanos habilitados para votar decidirán en las urnas quiénes serán los titulares del segundo y tercer nivel de gobierno: intendentes, ediles, alcaldes y concejales. Para ese día, domingo 11 de mayo, hay más de 2,7 millones de ciudadanos que elegirán a los 19 intendentes (y sus respectivos suplentes), 589 ediles departamentales, 136 alcaldes y 544 concejales, según la última circular de la Corte Electoral (N° 12.208).
Respecto a las elecciones anteriores (setiembre de 2020), habrá 11 municipios más. Pero este número aún puede modificarse si prospera en el Parlamento un proyecto de ley para que tres localidades, Punta del Diablo, Barra del Chuy (Rocha) y 25 de mayo (Florida), pasen a la calidad de ciudades. Diario La R dialogó con el ministro de la Corte Electoral José Korzeniak sobre los detalles de las elecciones departamentales.
Con estos comicios, se completa el ciclo electoral que se inició en junio del 2024 con las elecciones internas, en la que comparecieron 18 partidos políticos y prosiguieron con las elecciones nacionales de octubre (o primera vuelta) y las de noviembre (segunda vuelta o balotaje). En esta oportunidad se presentan 7 partidos políticos, uno de los cuales comparece por primera vez: la Coalición Republicana (alianza formada por blancos, colorados, cabildantes e independientes), que postula candidatos en 3 departamentos: Montevideo, Canelones y Salto.
Del resto, cuatro partidos políticos participaron del ciclo electoral y obtuvieron representación parlamentaria (Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado, Partido Independiente). Por último, Asamblea Popular (AP) y el Partido Ecologista Radical Intransigente (PERI), que no accedieron a cargos en el Parlamento, sí participan en estos comicios aunque no en todos los departamentos: AP en 12 departamentos y el PERI solo en Soriano. Hay un único partido, el Partido Identidad Soberana, que obtuvo dos escaños en el Parlamento pero que decidió no presentarse en estos comicios departamentales. En la elección de intendentes los votos se acumulan por lema, es decir, se suman los votos obtenidos por cada partido político, y el cargo corresponderá al candidato de la lista más votada dentro del partido más votado. El lema más votado de cada departamento se asegurará 16 ediles de los 31, o sea, la mayoría simple de su respectiva Junta Departamental.
En el caso de los gobiernos municipales, están conformados por cinco concejales, siendo electo alcalde el primer titular de la lista más votada del lema más votado.
A un mes de las elecciones, el 11 de abril, vencerá el plazo para el registro de hojas de votación, la presentación de rendición de donaciones, la entrega del presupuesto inicial de campaña y la presentación de programas de gobierno. También, en ese día, se habilitará la publicidad electoral de los partidos políticos. El 9 de mayo, 48 horas antes de los comicios, cesará la propaganda desde la hora 00 y, dos días después, de 8.00 a 19.30 serán las elecciones. El 13 de mayo comenzará el escrutinio departamental. Ese día comienza el plazo para justificar la emisión del no voto en las elecciones departamentales y municipales, hasta el 12 de junio. El 9 de julio asumirán las autoridades departamentales y municipales.
Se vota por las dos opciones. Una hoja de votación incluirá la lista con el candidato a intendente departamental y sus cuatros suplentes, y lista de candidatos a la Junta Departamental; la segunda hoja tendrá los cinco candidatos titulares para el municipio (encabezándola el candidato a alcalde) con un mínimo de un candidato titular y tres suplentes.
Para esta instancia, a diferencia de la última elección, la Corte Electoral definió prohibir el voto cruzado, es decir, no se podrán ensobrar listas de candidatos a intendente y Junta Departamental de distinto lema que la hoja para las elecciones municipales.
Ambas listas deben pertenecer al mismo lema, al mismo departamento, y la lista con los candidatos al municipio debe contener la serie de la credencial del elector.