Partido Colorado sin definición en Montevideo; cayó la candidatura de Jorge Barrera

Se abre paso la posibilidad de apoyar la candidatura única del Partido Nacional como ocurrió en las elecciones pasadas

De acuerdo con el calendario electoral, el 15 de febrero próximo vence el plazo para la reunión de los Órganos Deliberativos Departamentales que deberán proclamar los candidatos para las elecciones departamentales.  El Partido Colorado había resuelto impulsar candidatos a intendentes por la Coalición Republicana en los tres departamentos donde competirá el nuevo lema: Salto, Canelones y Montevideo. La situación parece resuelta en Salto y Canelones donde el Partido Colorado comparecerá con los candidatos Marcelo Malaquina y Walter Cervini, respectivamente. En cambio, en Montevideo, a menos de un mes de la fecha límite, él no tiene definición. La opción es comparecer con candidato propio o apoyar la candidatura única de Martín Lema por el Partido Nacional -posibilidad esta última que gana terreno en la interna-, como pasó en las elecciones pasadas con Andrés Ojeda, hoy secretario general, que quedó como primer suplente de la candidata Laura Raffo. En las últimas horas, además, algún nombre que inicialmente se manejó con mucha fuerza se cayó por carecer de respaldo constitucional. Es el caso del abogado Jorge Barrera.

Barrera, uno de los nombres que mejor se perfilaban por los apoyos que había recibido, no podrá ser candidato en las elecciones departamentales de mayo próximo. Si bien no participó en las elecciones internas del 30 de junio de 2024, Barrera sí participó en diciembre en la elección del Comité de Ética del Partido Colorado en la que resultó electo y, de este modo, es abarcado por la prohibición constitucional.

La prohibición está contenida en la Constitución de la República, en el capítulo XIX referido a las disposiciones transitorias y especiales, literal W, inciso G, que establece que:

“g) Quien se presentare como candidato a cualquier cargo en las elecciones internas, solo podrá hacerlo por un partido político y queda inhabilitado para presentarse como candidato a cualquier cargo en otro partido en las inmediatas elecciones nacionales y departamentales.

Dicha inhabilitación alcanza también a quienes se postulen como candidatos a cualquier cargo ante los órganos electores partidarios”.

Además de Barrera, también se manejaron otros nombres como el de Gustavo Osta y de Nicolás Albertoni, actual subsecretario de Relaciones Exteriores. Este último declinó ser candidato. Después se sumaron otros nombres como el de Pablo Ferrari, actual director en UTE, el de Washington Abdala, actual embajador de Uruguay ante la OEA y el de Virginia Cáceres, presidenta de la Anep. En el resto del país, el Partido Colorado analiza distintas opciones. En Maldonado, se supo, que había negociaciones para apoyar a algunos de los candidatos ya postulados por el Partido Nacional.

Corte Electoral analiza recurso

En otro orden, a principios de enero, el Partido Colorado y el Partido Independiente presentaron en forma conjunta un recurso de reposición ante la Corte Electoral, con el objetivo de revisar el artículo 56 del Reglamento de las Elecciones Departamentales y los artículos 5 y 52 del Reglamento de las Elecciones Municipales. La Corte Clectoral recibió el miércoles el recurso y dispuso su envío a la Comisión de Asuntos Electorales,  a solicitud del Partido Colorado que pidió que se tratara lo antes posible. Finalmente, quedó acordado que se tratará el miércoles de la semana que viene.

El recurso refiere a dos aspectos: a la posibilidad de ciudadanos que participaron en un partido para las elecciones internas puedan a las municipales participar en otro lema y a la posibilidad de cruzamiento a nivel de la elección municipal. La regla que tiene el sistema a partir de la Constitución de 1996 es que quien participa en un no partido puede ser candidato en otro partido. Es decir, si alguien es electo convencional en el partido A no puede luego ser candidato por el partido B, hasta que no haya finalizado el proceso electoral. Esto con respecto a las elecciones departamentales, para elegir intendente y junta departamental. La creación de los municipios es posterior, es por ley, y quedó abierto, en cada instancia la discusión sobre estos dos puntos. En algunas elecciones se permitió  a quienes habían sido candidatos por un lema pudieran serlo por otro pero no se permitió cruzar.

En todas las instancias, el Partido Colorado sostuvo la mayor libertad para el ciudadano en cuanto a que la elección municipal es una elección por el vecino de la localidad y no presenta un ribete tan partidario.

La Corte Electoral cuando fijó el reglamento de la elección municipal entendió que no se debería habilitar el cruzamiento ni la posibilidad de que quienes fueron candidatos por un lema se postularan en la municipal por un lema distinto.

Esa posición generó el reglamento el cual se publicó y tiene fuerza de reglamento de la Corte Electoral que es la competente para el tema. Empero, el Partido Colorado entendió que había argumentos una vez más en razón de favorecer la mayor libertad del ciudadano y así llevó adelante un recurso que se presentó semanas atrás, conjuntamente con el Partido Independiente. En la Corte Electoral las posiciones parecen estar definidas. La primera vez que se votó el reglamento en sala referido a este punto la Corte Electoral resolvió no habilitar el cruzamiento. No obstante, en conversación con el Diario La R, no se quiso adelantar cuál va a ser el desenlace. “Cuando lleguemos al río lo cruzaremos”, afirmó un integrante de la Corte.

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