El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió un recordatorio urgente sobre los nuevos criterios obligatorios para la confección de recetas de psicofármacos bajo control especial. La advertencia surge tras detectarse que la falta de datos esenciales en los documentos está provocando que las farmacias rechacen las órdenes, lo que obliga a los pacientes a tramitar nuevas consultas médicas para no discontinuar sus terapias.
De acuerdo con las autoridades sanitarias, la receta oficializada es el único instrumento legal para la indicación y entrega de estas sustancias, bajo el marco regulatorio del reciente Decreto 66/026. Los profesionales de la salud deberán incorporar de manera clara, completa e inequívoca la fecha de emisión, la identificación del paciente, el nombre genérico de la droga, la dosis diaria, el intervalo entre tomas, la especialidad del médico y, fundamentalmente, la duración total del tratamiento prescrito.
La fiscalización estricta de estos datos coincide con la flexibilización de los plazos de vigencia de las órdenes, una medida dispuesta en abril para desburocratizar el sistema de salud. La normativa vigente fija que las benzodiacepinas e hipnóticos pueden prescribirse ahora por un máximo de 90 días, mientras que otros psicofármacos de uso prolongado (como los antidepresivos y antipsicóticos) extendieron su validez hasta los 180 días en un único documento.
El MSP enfatizó que este cambio busca optimizar el acceso a la medicación y prohibió explícitamente a las mutualistas y hospitales públicos fijar restricciones de tiempo menores a las que establece la ley nacional. No obstante, se remarcó que la ampliación de los plazos de las recetas no sustituye la supervisión médica continua que requieren de forma estricta este tipo de tratamientos de salud mental.

