El conflicto entre el gobierno uruguayo y el astillero español Cardama ingresó en el terreno del arbitraje internacional aunque enfrenta al inicio un planteo de carácter jurisdiccional formulado por Uruguay. Mientras la empresa acusa al Poder Ejecutivo de haber actuado con “mala fe” y de haber cerrado de manera unilateral cualquier posibilidad de negociación para mantener vigente el contrato por la construcción de dos patrulleras oceánicas, Uruguay sostiene que el tribunal internacional carece de jurisdicción para resolver la controversia y, en forma subsidiaria, reclama al astillero la devolución de 28.794.500 euros, unos US$ 33 millones.
La demanda de Cardama fue presentada en abril ante la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. Su contenido y la respuesta del Estado uruguayo se conocieron ahora luego de que la Justicia obligara al Poder Ejecutivo a entregar ambos documentos al diputado nacionalista Pablo Abdala, quien había recurrido ante la Justicia para acceder a la información.
El diferendo se origina en la decisión del gobierno de rescindir el contrato celebrado con el astillero español para la construcción de dos patrulleras oceánicas. El Ejecutivo comunicó públicamente en octubre de 2025 que había detectado un problema con la garantía de fiel cumplimiento presentada por Cardama y sostuvo que el banco europeo que figuraba como emisor de esa garantía no existía.
El presidente Yamandú Orsi calificó entonces la situación como un posible “intento de fraude o estafa”. La controversia terminó con la rescisión del contrato, que tuvo una definición final en febrero de 2026.
En su demanda internacional, Cardama plantea una versión sustancialmente diferente de los hechos. La empresa afirma que “nunca fue informada” por el gobierno de la decisión de rescindir el contrato y que tomó conocimiento de la situación a través de la conferencia de prensa ofrecida por Orsi a fines de octubre de 2025.
Según el astillero, cuando tomó conocimiento de las acusaciones vinculadas con la garantía, procuró solucionar el problema y solicitó asistencia al gobierno uruguayo. También asegura que se comunicó inmediatamente con Eurocommerce, entidad vinculada a la garantía, que en ese momento confirmó su validez y vigencia.
Cardama sostiene además que inició un procedimiento penal en España para investigar los hechos relacionados con la garantía.
Pero el principal cuestionamiento de la empresa apunta a la conducta posterior del gobierno. En la demanda, sostiene que intentó contactar “por todos los medios a su alcance” al Ministerio de Defensa Nacional con el objetivo de encontrar una salida consensuada a lo que consideraba un defecto contractual subsanable.
Entre las alternativas planteadas, según el relato de Cardama, estaba la posibilidad de presentar una garantía alternativa que permitiera continuar con la ejecución del contrato.
La empresa afirma que actuó bajo la “expectativa razonable” de que Uruguay y Cardama mantenían la intención de ejecutar el acuerdo.
La respuesta que, según Cardama, recibió del gobierno fue diametralmente opuesta. El astillero acusa a Uruguay de haber exhibido “una actitud absolutamente obstructiva” y una “negativa frontal” a cualquier conversación extrajudicial.
En ese contexto, la empresa menciona una instancia de diálogo que tuvo como mediador al abogado Gonzalo Fernández, exministro de Defensa Nacional y exsecretario de la Presidencia. Según Cardama, Fernández terminó desistiendo de su participación debido a la “opacidad y falta de colaboración” que atribuye al gobierno.
El astillero afirma que, pese a sus reiterados intentos, tampoco logró mantener reuniones con representantes del Ejecutivo después de aquella instancia y ni siquiera luego de la rescisión definitiva del contrato, en febrero de este año.
La empresa va todavía más lejos en su presentación ante el tribunal internacional y sostiene que Uruguay continuó buscando argumentos para abandonar el contrato por razones que, a su juicio, respondían a consideraciones políticas ajenas a Cardama.
Para el astillero, la rescisión fue “la culminación de una conducta continuada de mala fe”. En esa interpretación, la secuencia comenzó con la exposición pública de las acusaciones sobre la garantía sin una comunicación previa a la empresa, continuó con el rechazo a alternativas para conservar el contrato y terminó con la utilización de supuestos incumplimientos para justificar una decisión que, según Cardama, ya había sido tomada.

Lo que reclama Cardama
A partir de ese planteo, la empresa solicita al tribunal internacional que declare que la rescisión dispuesta por Uruguay fue improcedente y contraria a Derecho. También pide que se establezca que el Estado uruguayo incumplió sus obligaciones contractuales y violó el principio de buena fe contractual. En materia económica, Cardama reclama el pago de cualquier suma que permaneciera pendiente en virtud del contrato, además de una indemnización por los daños y perjuicios que, según sostiene, le provocó la actuación del gobierno. Finalmente, solicita que Uruguay sea condenado a hacerse cargo de los gastos generados por el procedimiento arbitral.
El caso, sin embargo, enfrenta desde el comienzo un planteo de carácter jurisdiccional formulado por Uruguay. La contestación presentada por el Estado uruguayo tiene como primer objetivo que la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional se declare incompetente para intervenir en la controversia.
La posición del gobierno es que ese tribunal no tiene potestades ni jurisdicción para resolver el diferendo contractual planteado por Cardama. La defensa estatal parte, además, de la consideración de que la garantía presentada por el astillero era falsa, uno de los elementos centrales sobre los que Uruguay fundamentó la rescisión del contrato. Por eso, la primera solicitud al tribunal es que rechace su competencia y no ingrese al análisis de fondo de las pretensiones de Cardama.
Pero Uruguay también presentó una estrategia alternativa para el caso de que los árbitros decidan asumir competencia.
El gobierno pide entonces que sean desestimados íntegramente los reclamos formulados por Cardama y que el tribunal reconozca su competencia para analizar la reconvención presentada por el Estado.
Y allí aparece uno de los aspectos económicos más relevantes de la respuesta uruguaya: el gobierno reclama al astillero la devolución de todos los fondos que ya fueron abonados en el marco del contrato.
La cifra asciende a 28.794.500 euros, equivalente a aproximadamente US$ 33 millones. Además de la devolución del dinero, Uruguay solicita que Cardama sea condenada a pagar una indemnización por los daños y perjuicios que el Estado afirma haber sufrido como consecuencia de los incumplimientos contractuales que atribuye al astillero.
El gobierno reclama también que los montos sean actualizados mediante la aplicación de la tasa de interés correspondiente, desde el momento en que se produjo el incumplimiento contractual o desde las fechas en que fueron realizados los pagos cuya devolución se reclama.
La posición uruguaya incluye además una definición sobre las embarcaciones que alcanzaron a ser construidas antes de la rescisión.
En su reconvención, el Estado pide que se declare que la propiedad de los buques construidos hasta el momento de la rescisión corresponde a Uruguay y que se ordene su transferencia de pleno derecho, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 21 del contrato.
El intercambio de posiciones deja planteados dos escenarios. El primero, que el tribunal internacional acepte el argumento de Uruguay y se declare incompetente para entender en la disputa. En ese caso, el fondo de los reclamos formulados por Cardama no sería analizado por esa instancia arbitral.
El segundo escenario es que los árbitros entiendan que tienen competencia. En ese caso comenzaría la discusión de fondo sobre la rescisión del contrato, las actuaciones vinculadas con la garantía de fiel cumplimiento, los pagos efectuados por Uruguay, las obligaciones de ambas partes y los daños reclamados. En esa eventualidad, la disputa tendría además un componente económico de signo contrario al planteado por Cardama. Mientras el astillero reclama pagos pendientes, indemnización y costos del arbitraje, Uruguay solicita que se le restituyan casi 29 millones de euros ya desembolsados, además de una compensación por los perjuicios que sostiene haber sufrido.

