Hay una pregunta que la Junta Departamental de Montevideo no puede dejar sin respuesta: ¿Qué trabajo realizan los secretarios y asesores cuyos gastos se cubren con recursos públicos?.
En averiguaciones realizadas por Diario La R, ediles señalaron que se les habrían impuesto asesores a quienes no conocían previamente. También afirmaron que algunas de esas personas no tienen funciones asignadas desde el inicio del período, aunque cobran por sus contratos. Son testimonios que exigen una investigación documental. Por sí solos, no prueban que una persona haya cobrado sin trabajar ni permiten atribuir responsabilidades individuales. La distinción institucional importa. Los ediles integran la Junta Departamental, órgano legislativo y de contralor, y no la Intendencia de Montevideo. La reglamentación de la Junta establece que los ediles pueden contratar personal para asesorarlos y asistirlos en sus tareas. También dispone que el contrato se comunique a la corporación y que las labores del contratado sean de resorte del edil. Si un edil afirma que desconoce a quien supuestamente lo asiste o que nunca le asignó tareas, hay una contradicción concreta que la Junta debe aclarar. La respuesta no puede limitarse a asegurar que existen contratos y recibos. Hace falta determinar quién propuso cada contratación, quién firmó, qué tareas se acordaron, a quién se entregó el trabajo y qué controles se efectuaron. La normativa fue actualizada en 2025 en materia de remuneración mínima, lo que vuelve todavía más necesario que la ciudadanía pueda conocer cómo funciona el sistema en la práctica. La memoria de 1973 obliga, además, a tratar este asunto con rigor. Hemos podido corroborar que un caso específico de corrupción en la Junta Departamental de Montevideo en 1973 dio uno de los puntos de justificaciones del golpe de Estado, por lo que no corresponde presentarlo como hoy pero sí para visualizar lo largo que tiene el tema en el tiempo. El golpe disolvió las instituciones democráticas, incluidas las juntas departamentales; ninguna irregularidad administrativa habría justificado aquel quiebre. Investigar hoy el uso de fondos públicos es, precisamente, una tarea de la democracia.La Junta debe dar una respuesta documentada y ofrecer a las personas y sectores señalados la oportunidad de explicar las contrataciones. Si los asesores cumplen funciones, debe poder demostrarse. Si hubo pagos sin trabajo asignado, deben establecerse las responsabilidades y corregirse el sistema. El dinero público no admite una zona de sombras.
La caja negra de los asesores
El edil nacionalista Gonzalo Gómez reconoció que contrató a Pablo Leiva por recomendación de su hijo, que mantuvo escaso contacto directo con él y que no le encomendó trabajo. Dijo que desconocía sus actividades ilícitas y descartó renunciar a la banca. Sus explicaciones trasladan el foco hacia los controles de la Junta Departamental de Montevideo. La conferencia de prensa que Gonzalo Gómez ofreció el lunes 28 de setiembre dejó una admisión que va más allá de su vínculo con Pablo Leiva. El edil del Partido Nacional dijo que Leiva percibía $ 52.000 nominales mensuales mediante un contrato vinculado a su despacho, pero que él no le había asignado tareas. Según explicó, sus prioridades estuvieron en otros asuntos y el trabajo que había previsto para el contratado nunca llegó a realizarse. Esa declaración exige una explicación institucional. La pregunta ya no se limita a cómo una persona posteriormente condenada por lavado de activos accedió a ese contrato. También hay que establecer por qué se sostuvo una remuneración con fondos públicos cuando, según el propio edil contratante, no había tareas encomendadas. La condena penal de Leiva y la evaluación del trabajo que realizó para el despacho son asuntos distintos. Ambos requieren respuestas precisas.

Gómez sostuvo que contrató a Leiva en diciembre de 2025, después de una baja en su equipo, por recomendación de Lucio Leiva, hijo del condenado y también integrante de su secretaría. Afirmó que conocía a Pablo Leiva como trabajador de una casa de cambio, que ignoraba sus actividades ilícitas y que la mayoría de sus escasas comunicaciones con él pasaron por Lucio. Asumió que debió tomar más recaudos al contratarlo, aunque sostuvo que no existen motivos para dejar su banca. El edil agregó que la contratación había sido una decisión personal y que ni Jorge Gandini ni su agrupación conocían el vínculo laboral, según su versión. Pidió disculpas a su partido, se puso a disposición de sus órganos internos y se apartó temporalmente de sus responsabilidades en el Directorio nacionalista. Esas decisiones políticas no responden, por sí mismas, qué prestación recibió el despacho a cambio de los pagos realizados.
La reglamentación de la Junta Departamental de Montevideo, que es el organismo al que pertenecen los ediles, prevé contrataciones para asesorarlos y asistirlos en el cumplimiento de sus funciones. Establece además requisitos contractuales y documentales, mientras atribuye al edil decisiones sobre las labores del personal contratado. La documentación de un pago acredita que se pagó; no demuestra, por sí sola, qué trabajo se hizo.Por eso la explicación de Gómez debe ser el comienzo de una revisión, no su cierre. Corresponde conocer el contrato de Leiva, las funciones previstas, el período exacto durante el cual cobró, quién supervisaba su actividad y si existe algún registro de tareas efectivamente cumplidas. La Junta debe explicar qué controla antes de aprobar estos contratos y qué verifica durante su ejecución. También corresponde que el edil pueda aportar toda la documentación que respalde su versión. Las averiguaciones de Diario La R recogieron testimonios de otros ediles que describen situaciones de asesores a quienes, según afirmaron, no conocían o no habían asignado funciones. Esos relatos deben contrastarse caso por caso con contratos, pagos y respuestas de las personas involucradas. La admisión pública de Gómez no prueba que todos los casos sean iguales, pero vuelve imposible despachar la pregunta general como una mera sospecha.
El dinero destinado al apoyo de los ediles tiene una finalidad: ayudar al trabajo legislativo y de contralor departamental. Si un contratado cobra y el edil afirma que nunca le dio tareas, la ciudadanía tiene derecho a saber quién permitió que esa situación continuará. La confianza personal puede explicar una contratación; no sustituye la obligación de rendir cuentas por el dinero público.


BUENO, SI HAY EDILES, DIPUTADOS O SENADORES ETC.. QUE NO INVESTIGAN ÉTICA, MORAL, MEDIO DE VIDA DE «SUS ASCESOR ES» SIN IMPORTARLE EN QUE ESTÁN METIDOS…. ES PROBLEMA DEL LEGISLADOR QUE POR AMISTAD, POR POLÍTICA O POR NEGOCIO, LO CONTRATA…… DESPUÉS, A NO QUEJARSE, MIRAR PARA OTRO LADO O HACERSE DESENTENDIDO O CRITICAR OTRAS TIENDAS…