Comisión en diputados posterga la creación de la Defensa Pública como servicio descentralizado

Existen dudas sobre la constitucionalidad de la norma.

El proyecto plantea que los defensores de oficio salgan de la órbita del Poder Judicial.

La propuesta de crear la Defensa Pública del Uruguay  como servicio descentralizado, separándola de la órbita del Poder Judicial, abrió un debate en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados. El intercambio dejó en evidencia que hay división de criterios jurídicos, institucionales y políticos, que llevó finalmente a postergar el tratamiento del proyecto, pese a contar con media sanción del Senado.

En el centro de la discusión aparece una pregunta clave la cual es ¿puede la Defensoría de Oficio transformarse en un organismo descentralizado sin reformar la Constitución?.

Las críticas más duras provinieron de quienes entienden que el proyecto incurre en vicios formales y sustantivos de inconstitucionalidad. El diputado Gustavo Salle (Identidad Soberana) sostuvo que la Defensoría de Oficio tiene regulación constitucional expresa, al estar mencionada en el numeral 6° del artículo 239, que asigna a la Suprema Corte de Justicia la competencia de nombrar a los defensores.

“Para cualquier alteración de su naturaleza jurídica hay que ir a la reforma constitucional; hacerlo por ley es un atajo que viola la Constitución”, advirtió Salle, quien consideró que una eventual aprobación abriría la puerta a acciones de inconstitucionalidad y trasladaría la decisión final al Poder Judicial.

En la misma línea, el diputado Juan Martín Jorge afirmó que, si bien la Constitución no establece explícitamente el “sistema orgánico” de la Defensa Pública, la competencia de nombramiento asignada a la Suprema Corte implica necesariamente su pertenencia al Poder Judicial. A su juicio, «esde el punto de vista constitucional, creo que tenemos un serio problema con este tema, y no correspondería proceder por este camino».

Jorge cuestionó especialmente el artículo 15 del proyecto, que intenta salvar el reparo constitucional estableciendo que la Suprema Corte mantendría el nombramiento formal, pero a partir de un orden de prelación elaborado por la nueva Defensa Pública. Nombrar no es solo firmar un acto administrativo; implica decidir cuándo, cómo y a quién designar, subrayó el legislador.

Uno de los ejes más discutidos fue precisamente ese intento de construir un “acto complejo” entre la Defensa Pública y la Suprema Corte de Justicia. Para algunos legisladores, ese mecanismo podría resultar insuficiente para respetar el mandato constitucional.

“El artículo 15 no resiste el menor análisis”, sostuvo Jorge, al advertir que aceptar esa lógica permitiría que, por ley, otros órganos propusieran listas para la designación de jueces, lo que vulneraría la independencia del Poder Judicial. A esto se sumaron reparos sobre el poder disciplinario y de destitución que el proyecto asigna al director nacional del nuevo servicio, competencias que, según los críticos, corresponden exclusivamente a la Suprema Corte en tanto jerarca del Poder Judicial.

Posturas a favor

Desde otra perspectiva, el diputado Joaquín Garlo recordó que el proyecto llegó a Diputados con media sanción del Senado y respaldos doctrinarios relevantes, incluidos informes de constitucionalistas reconocidos. Si bien no compartió las interpretaciones de inconstitucionalidad planteadas en la Comisión, propuso postergar el tratamiento para analizar con mayor detenimiento la reciente respuesta de la Suprema Corte de Justicia.

El diputado Diego Echeverría coincidió en que el literal 6° del artículo 239 plantea un obstáculo constitucional, pero consideró que el artículo 15 intenta “reparar” esa dificultad. Planteó la necesidad de blindar jurídicamente la norma, profundizando el estudio del concepto de acto complejo y eventualmente reformulando la redacción.

Más allá de las diferencias, hubo un punto de coincidencia y es que no se quiere avanzar sin un estudio más profundo. La diputada Paula de Armas sostuvo que votar un proyecto que luego sea declarado inconstitucional sería una señal de irresponsabilidad institucional. Sin embargo, remarcó que el problema que enfrentan hoy los defensores públicos es real y requiere una solución.

«Si este no es el camino correcto porque la Constitución o la ley no nos lo permite, en ese caso creo que como sistema político y además como Poder Legislativo deberíamos encarar el tema y buscar una solución efectiva para la problemática que hoy están teniendo los defensores» afirmó.

Finalmente, la Comisión resolvió por unanimidad postergar el tratamiento del proyecto, dejando abierta la discusión para futuras instancias.

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