El costo de los medicamentos en Uruguay: la brecha entre la farmacia y el sistema mutual

Los uruguayos conviven con dos realidades de precios para adquirir medicamentos: las tasas reguladas o el libre mercado.

Existe una brecha entre los costos de medicamentos entre farmacias y el sistema mutual.

El gasto en medicamentos constituye uno de los componentes más determinantes en la economía doméstica y en la sostenibilidad de los sistemas de salud. En Uruguay, el acceso a una misma sustancia activa o tratamiento puede presentar variaciones abismales de precio según el canal por el cual se adquiera: la farmacia comercial, el sistema asistencial bajo el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS) o el Fondo Nacional de Recursos (FNR).

Comprender esta dinámica exige analizar las diferencias entre el mercado libre, los esquemas de copago regulado, la cobertura de tratamientos de alto costo y el impacto directo sobre la calidad de vida de los pacientes con enfermedades crónicas. En las farmacias y redes comerciales del mercado abierto, los precios de los medicamentos se fijan libremente mediante las dinámicas de la oferta, la demanda y las cadenas de distribución comercial.

En este ámbito, un tratamiento mensual básico, analgésicos o insumos cotidianos suelen comercializarse a partir de montos que parten desde los $355 o $430 pesos uruguayos por presentación, incrementándose según la marca o la formulación. Para principios activos no cubiertos por el sistema o adquiridos sin receta de la institución asignada, el paciente debe asumir el costo pleno del laboratorio.

Por el contrario, dentro de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) y la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), los costos están fuertemente subsidiados y regulados por el Ministerio de Salud Pública (MSP). Los usuarios no pagan el precio de lista del fármaco, sino una tasa moderadora denominada ticket de medicamento.

Bajo esta modalidad, los precios oscilan habitualmente entre los $260 y $455 pesos uruguayos según la institución y el tipo de afiliación (Fonasa o afiliados individuales). Para patologías de altísima incidencia, como la hipertensión arterial, el costo del ticket se sitúa en torno a los $ 209 pesos.

Medicamentos prioritarios para la salud pública, como reguladores de la glucemia (metformina), insulinas o antipsicóticos específicos, pagan un costo simbólico regulado cercano a los $44 pesos. Esta diferencia abismal entre la farmacia privada y la mutual representa el mecanismo con el que el SNIS mitiga el impacto económico directo sobre el bolsillo de las familias.

La competencia entre las farmacias y el sistema asistencial genera dos realidades económicas.

Medicamentos de alto costo

Cuando el costo de un tratamiento resulta inasumible tanto para el paciente como para los presupuestos ordinarios de las mutualistas, entra en juego el Fondo Nacional de Recursos (FNR). Este seguro público universal financia fármacos e irrupciones tecnológicas de alto costo bajo estrictos protocolos clínicos y criterios de medicina basada en la evidencia. Para las terapias incluidas en su vademécum, el FNR otorga cobertura total (costo cero para el paciente).

No obstante, la velocidad de la innovación biotecnológica suele superar los tiempos de actualización de los catálogos oficiales. Cuando un paciente requiere un fármaco de alto costo que no está incorporado en el FTM ni en el FNR, surge la figura de la judicialización de la salud. A través de recursos legales conocidos como acciones de amparo, los usuarios reclaman ante el Poder Judicial que el Estado (MSP o FNR) suministre el tratamiento indicado por sus médicos tratantes.

En el año 2025, se contabilizaron 2.200 demandas y se proyectan más de 2.600 causas para 2026. Esta tendencia ha impactado fuertemente las arcas públicas, con un gasto anual que escaló por encima de los 159 millones de dólares para dar cumplimiento a los fallos judiciales.

El MSP oficializó la inclusión gradual de 12 medicamentos que pasan a integrar la cobertura universal del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS). Esto implica que fármacos que antes requerían compra directa a valores elevados o amparos pasan a gestionarse mediante tiques de precio regulado en prestadores, entre ellos el Empagliflozina – Dapagliflozina para enfermedad renal crónica, insuficiencia cardíaca y diabetes tipo 2.

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