Incautación de teléfonos celulares

En la actual era de la tecnología, donde las computadoras y demás dispositivos electrónicos, especialmente los teléfonos celulares, son una extensión de nosotros mismos, surge el debate sobre la regularidad de su incautación en las investigaciones que realiza la Fiscalía.

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Hoy existen aplicaciones para casi todo, desde redes sociales hasta aplicaciones del banco, tarjetas de créditos, compras, cobro de salarios, entre otras.

Prácticamente tenemos toda nuestra vida registrada en el celular, nuestros datos personales, historia clínica, fotos, videos, conversaciones, usuarios, contraseñas y más.

 Aquí es donde surge la pregunta ¿que tan legítimo es la incautación de un teléfono celular?

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA.

En primer lugar debemos recordar que el artículo 28 de la Constitución establece que “Los papeles de los particulares y su correspondencia epistolar, telegráfica o de cualquier otra especie, son inviolables, y nunca podrá hacerse su registro, examen o interceptación sino  conforme a las leyes que se establecieren por razones de interés general.”

CÓDIGO DEL PROCESO PENAL


El nuevo Código del Proceso Penal, vigente desde el 1° de noviembre de 2017, plantea casi como prueba obligatoria la incautación de celulares en las investigaciones, tanto así que muchas veces se solicitan órdenes de allanamiento en donde entre otras cosas, se incautó el teléfono. En muchos casos sucede también, que el propio denunciante o presunta víctima es quien entrega voluntariamente el celular.

INCAUTACIÓN DE OBJETOS

El teléfono móvil se puede incautar como cualquier objeto en una escena de los hechos, para analizar características externas del mismo (por ejemplo, huellas). Pero, es de conocimiento general que cuando se incautó un celular, en realidad lo que se pretende es acceder a su contenido.Para realizar la incautación del teléfono móvil, así como de cualquier objeto que se constituya como parte para resolver la investigación, la Fiscalía deberá solicitar al juez una inspección judicial.

Sin la autorización de este último, el acceso es ilícito y por lo tanto no podrá utilizarse como prueba.
Puede suceder también, que se trate de una entrega voluntaria del dueño del teléfono, en ese caso deberá existir autorización del propietario de la información (que no siempre es el dueño del celular), ya que es quien puede verse vulnerado en su derecho a la intimidad.

PERITAJE DEL TELÉFONO y “CADENA DE CUSTODIA”


Una vez que se haya incautado el celular, la Fiscalía ordenó un peritaje que el Juez deberá autorizar. 

Solicitar un peritaje de este estilo, atenta contra diversos derechos del indagado, ya que usualmente se habilita una extracción general de los datos, sin discriminar información de su vida privada e inclusive se tiene acceso a las conversaciones del imputado con su defensor.

Entonces, la Policía Científica debería llevar a cabo un procedimiento donde se discrimine cuáles son los datos útiles para la investigación y cuáles no.

Además, se deberá garantizar que los datos extraídos no sean alterados ni divulgados.

Esto se lleva a cabo a través de una debida “cadena de custodia”, donde quedan registradas las firmas de los policías que actúan sobre la evidencia, como también de todos los procedimientos realizados con el material incautado.  Entendemos que esta operación debe realizarse en presencia de las partes, como si se tratara de una pericia.

El procedimiento más apropiado, sería el de efectuar una extracción parcial de los datos, debería especificarse en la orden, las palabras claves de búsqueda o los criterios que permitan acceder a los determinados datos que van a ser utilizados, entonces, el resto de los datos (no necesarios para la investigación) quedarán resguardados.

10 Comments

  1. Pienso que nadie tiene derecho de intervenir un celular en las cosas privadas de su dueño,a menos que esté sea alguien con delitos ya prescriptos…pero a un presidente no se le puede impunemente sacar datos de conversaciones privadas… fiscalía cometió un crimen contra de la privacidad del primer mandatario…

  2. Buen artículo, no obstante advierto que podría ser conveniente revisar algunos conceptos que tenemos arraigados.
    ☎️ El teléfono representado por el icono en su momento nos deslumbró, teníamos la posibilidad de marcar un número y llamar directamente a los teléfonos de la localidad, si era a otro lugar había que hacerlo a través de operadoras, eso hasta que apareció la maravilla del telediscado.
    Antes para llamar se le daba manija a un aparato que se conectaba a una central desde la cual se hacia conexión con operadoras que a cada rato participaban en la comunicación, preguntando «hablaron».
    Luego vinieron los teléfonos, (me acuerdo como el FA se oponía a digitalización).
    La aparición de los teléfonos móviles la conocimos a través de la serie Macguiver y un día, entrada la última década del S XX apareció Movicom con unos aparatos de un tamaño considerable y con un peso cerca de medio kg.
    Y empezaron a aparecer nuevos modelos, con prestaciones cada vez más sofisticadas.
    Hoy contamos con dispositivos acceder a ,y guardar , cualquier tipo de información.
    Hay que buscar un concepto nuevo, ya que nominar a estos como teléfonos seria tanto como al homo sapiens decirle pitecantropus efectos.
    Desde el punto de vista jurídico me surgen algunos interrogantes, ya que aún suponiendo la admisibilidad del uso del contenido de un aparato incautado como medio probatorio, en el posteo que comentamos se tocacan puntos cruciales: a) la cadena de custodia ¿Que garantías hay de que exista una cadena confiable si todos los días nos enteramos de una filtración? No es verosímil que el custodia filtre, lo que lleva a la hipótesis de que alguien sin autorización tiene la posibilidad de acceso al aparato. Según trascendidos de prensa el celular de un encausado ha sido manipulado.
    b) Aún en el caso de que la cadena sea confiable, ¿es legítimo que un burócrata esté mirando todo el contenido de mi celular para seleccionar partes del mismo?
    El derecho a la intimidad desaparece.
    Queda pendiente comentar sobre la base del nemo tenetur edere contra se, y su secuela recogida en lo que se conoce como ley miranda y alguna mira sobre your day in court

    • estimado Juan Carlos.,Muichas gracias por tus comentarios.
      estoy de acuerdo y advierto mas problemas generados a partir de la cadena de custodis que implican la responsabilidad del Estado por difusicón de datos personales. Así debería enfrentar demandas millonarias de los perjudicados por la difusión de datos de la intimidad, personales como la historia clínica, o comerciales como escalas de precios por tipo de clientes.
      Entiendo que la extracción – en tanto prueba pericial – se debe en dia y hora señalada por el magistrado, en presencia de las partes y de sus defensores para asegura que la extracción se limite a determinado tema.
      Y aclaro, si no se puede separar lo que que se investiga de las comunicaciones que se tienen, por ejemplo con los abogados, NO SE PUEDE EXTRAER NADA.
      En lo personal yo no autorizo el acceso a mi celular y si me fuera incautado borraría los datos en forma remota.

  3. Mi consejo uruguayos x como se esta comportando su justicia local…
    Jamas entreguen el celular y si no pueden..
    Jamas entreguen la clave para entrarle….

    Si sos inocente y no tenes nada que ocultar el darselo y dejar que lo abran no te beneficia en absolutamente nada..todo lo contrario te pueden plantar el delito en el celular…ya han usado los celulares y computadores incautados…en casos como el de Penades y oceano.
    Tambien pueden llegar a incautarte el celular si estas en la carcel nada te protege ni las barras de metal hahaha.

  4. ah me olvidaba la cadena de custodia no existe es un verso. Los inutiles que vuelcan la info del celu a disco no saben usar el hash para que se produzca la cadena de custodia..basicamente tu celu lo maneja un tipo con poco entrenamiento apenas sabe tocar las teclas del software israeli que usan.
    Estas regalado uruguayo…tu justicia es un bluf…solo simulan ser justos pero no lo son…mudate de pais..fuera de America Latina a un pais desarrollado ahi vas a tener mas seguridad..tal vez…

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