La tragedia universitaria: Un avance en la construcción de un sistema de educación superior con puentes

La existencia de diversos sectores al interior de la educación superior  escala global se ha considerado un elemento positivo al introducir diversidad institucional y con ello permitir cumplir mejor los fines de la enseñanza. Esta diversidad finalmente es la base de la conformación de sistemas de educación superior y es el resultado de la existencia de demandas sociales, económicas, educativas y culturales que se expresan y requieren tipologías y modelos educativos distintos y propios. Esta diferenciación a la vez descansa en la existencia de una más amplia división del trabajo y de campos del conocimiento, lo cual ha contribuido en todas partes al aumento de la cobertura, la equidad y la calidad de la enseñanza y el aprendizaje.

La diversidad es la base del desarrollo en todas las áreas y en educación agrega mayor matricula, cubre distintos sectores, impulsa la innovación y con la competencia mejora la calidad. La diversidad no se limita a la forma jurídica o la propiedad de las instituciones, ni incluso al derecho público o al derecho privado en sus formas de gestión, sino también al impulso a las multi-modalidades, multi- currículos, multi-pedagogías y distintas misiones de las instituciones.

En este contexto la libertad y la flexibilidad para que las instituciones conformen y desarrollen sus propios modelos educativos constituye un componente básico de una política educativa centrada en la calidad. Para algunos ello también se asocia al derecho a la educación ya que esta implica la libertad de poder escoger cuál educación se ajusta mejor a las particularidades de las personas y por ende esta libertad de elegir requiere previamente la existencia de diferentes opciones institucionales en igualdad de condiciones. La libertad de elegir, refiere tanto al interior del sector público como del sector privado. Dentro del campo publico existen universidades nacionales, departamentales y municipales, así como universidades autónomas o no autónomas (ej. las militares), al igual que complejas o especializadas, sea estas virtuales o tecnológicas entre otras  todas las cuales se rigen por el derecho público. En el sector privado por su parte las tipologías más desarrolladas remiten a  asociaciones civiles o fundaciones, las cuales  están obligadas a reinvertir sus utilidades, o sociedades anónimas que distribuyen utilidades entre sus inversores accionistas. También existen formas societarias como las cooperativas, las universidades familiares  las religiosas o las corporativas que agregan diferenciación a las formas de gestión y que siempre contribuyen a una   mayor diversidad al sistema en términos educativos, e incluso las internacionales. Es claro que el país carece de diversidades y de libertad en la educación superior, lo cual ha sido una limitación al propio desarrollo educativo y la cobertura, y tenemos una plataforma institucional nacional muy simple y homogénea con poca diversidad, lo cual limita el acceso. La discusión en los últimos años sobre la universidad de la educación, la universidad militar, la virtual, la universidad de los Departamentos o el ingreso de universidades extranjeras es parte den estas limitaciones, que restringen la libertad de opciones y de las personas para sus trayectorias de vida.   

Sin embargo, esta tendencia a la diferenciación institucional como expresión de la competencia, la innovación y la pluralidad de las sociedades, debe estar acompañada tanto de límites a dicha diferenciación en algunos aspectos educativos, así como de puentes que faciliten la movilidad, establezcan garantías a los consumidores, fijen formas de funcionamiento en base a estándares obligatorias para todos los oferentes, así como permitir tener información y títulos con correspondencia entre ellos.

Ello ha propendido a establecer criterios mínimos obligatorios de funcionamiento más allá de la diversidad de instituciones. En nuestras sociedades, se ha propendido a establecer marcos comunes para todas las instituciones más allá de sus características diferenciadas y ello ha sido una tendencia también al equilibrio entre la sociedad política (el Estado) de la sociedad civil (los ciudadanos), propendiendo a colocar al Estado, mas allá de sus funciones, en términos de no prohibición del accionar libre de la sociedad y limitar feudalismos. 

 La más importante norma en la materia de impulsar un sistema único de estándares de base de la educación superior fue la Ley 15.661 que otorgó validez a los títulos de las universidades privadas con la condición que hayan sido autorizadas por el Poder Ejecutivo e inscritos en un Registro público y gratuito. En esta línea la semana pasada la ANEP publicó una norma similar al disponer que “los títulos docentes expedidos por las universidades e institutos universitarios privados autorizados por el Poder Ejecutivo, tendrán idénticos efectos jurídicos que los expedidos por la ANEP», con lo cual se cierra otro abismo entre lo público y lo privado, y se pone otro ladrillo más en la construcción de un efectivo sistema de educación superior. 

Eco. Claudio Rama

Dr. ED; Dr. DER; Post. Dr

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