Ministro Javier García detalló cómo sancionó al contralmirante Otto Gossweiler

Se habían detectado "irregularidades con apariencia delictiva".

El ministro Javier García relató a la Comisión de Defensa Nacional cómo se tomó la decisión de sancionar al contralmirante Otto Gossweiler por ordenar pagos de adicionales irregulares a personas a quienes no les correspondía. 

“El 28 de abril hay una carta de servicio con el n.º 0095/28IV/22 A/S, titulada «Evaluación del pago del 30 %», firmada por el director general de Material Naval, contralmirante Otto Gossweiler, dirigida al comandante en jefe de la Armada, almirante Jorge Wilson, en la que hace referencia a encontrarse tramitando la confección del listado de pago adicional dispuesto por el artículo 83 de la Ley n.º 14106, de 14 de marzo de 1973, y a haber detectado posibles irregularidades en su implementación”, dijo García. 

“Manifiesta que se constatan irregularidades con apariencia delictiva y considera necesario que se disponga una investigación administrativa. Estos son los conceptos fundamentales, pero está el soporte documental, obviamente”.

“El 4 de mayo hay un informe jurídico de la Asesoría Letrada del Comando General de la Armada. Es decir, la nota llega al comandante de la Armada, quien la pasa a la oficina jurídica”, agregó.

“El 6 de mayo hay un oficio 198/06V/2022 del comandante de la Armada firmado por el comandante Wilson, dirigido a quien habla, donde pone en conocimiento la información referida al pago del adicional establecido en el artículo 83 de la Ley n.º 14106, del 14 de marzo de 1973”. 

“El día anterior el comandante me informa verbalmente que recibió esto y que me lo va a enviar, cosa que hizo inmediatamente el día 6”, prosiguió el secretario de Estado. 

“Agrega información complementaria y el informe jurídico que les relaté recién, y me comunica las medidas adoptadas en ese momento, que fueron: en primer lugar, emitir una directiva para que se realice el pago del adicional, apegándose estrictamente a lo establecido por la norma, y en segundo lugar, elaborar un proyecto de modificación de la norma actual para flexibilizar el pago de este adicional o reglamentar el actual”.

“Corresponde que aclare –porque de lo contrario no es entendible– que estamos hablando de pagos de adicionales o complementos en virtud de la norma que mencioné de 1973, que preveía que por diferentes trabajos se pagaba un adicional”. 

“La denuncia formulada es que se pagaba ese adicional por criterios o tareas no establecidas en la norma o a personas a quienes no les correspondía por no estar directamente incluidas en esa norma de 1973”, añadió García. 

“La orden que da el comandante es emitir una directiva de que se realice el pago del adicional apegándose estrictamente a lo establecido y elaborar un proyecto de modificación de la norma actual para flexibilizar el pago de este adicional o reglamentar el actual”.

“El 10 de mayo el director general de Secretaría, doctor Fabián Martínez, de mandato verbal de quien habla, dispone el pase del expediente n.º 2022/3/100485 al Departamento Jurídico-Notarial para proyectar un acto administrativo y disponer una investigación administrativa. ¿Qué quiere decir esto? Que cuando recibí la información ordené que se iniciara una investigación administrativa”. Sostuvo.

“Pedí al doctor Martínez que enviara el expediente al área jurídica a los efectos de ordenar el acto administrativo para empezar la investigación administrativa en el seno del ministerio”. 

De manera retórica, el ministro preguntó: “¿Por qué? Porque justamente lo denunciado estaba vinculado a prácticas dentro de la Armada. Entonces, nos pareció que lo más correcto era –además, es sugerido en el expediente por el contralmirante– que fuera hecho por jurídica o por técnicos del ministerio, de forma que no se vinculara con técnicos de la Armada y así evitar cualquier tipo de falta de independencia”.

“El 12 de mayo se aprueba la resolución n.° 79.347 del Ministerio de Defensa Nacional por la que se dispone la realización de una investigación administrativa y que fuera llevada adelante por una abogada del ministerio”.

“En principio habíamos designado a una contadora, del ministerio también, pero la auditoría del ministerio nos aclaró que, por disposiciones de la Auditoría Interna de la Nación, no podía haber una auditora como parte del equipo investigador, aunque sí podía asesorar, que es lo que está haciendo. Es decir, investiga una abogada del ministerio y la asesora una contadora del ministerio, que además cumple tareas de auditoría en el ministerio”.

“El 27 de mayo –aquí viene el tema de la consulta que se hacía; lo que señalé fue previo– la orden disciplinaria n.o 05/1095 del comandante en jefe de la Armada dispone la aplicación de la sanción al contralmirante Gossweiler de quince días de arresto a rigor”. 

“El fundamento de derecho de la sanción dice: El citado señor oficial almirante, como director general de Material Naval, elevó una carta de servicio a este comandante sin las medidas de reserva pertinentes”.

“Alteró el procedimiento habitual de entrega de documentos a Mesa de Entrada del Comando General de la Armada, no haciendo firmar el libro de correo correspondiente y sí una copia de la carta de servicio, la cual fue fotografiada y subida por WhatsApp”. 

“En virtud de su contenido, el emisor debió tomar las medidas necesarias para resguardar su contenido, clasificándola conforme a la normativa vigente. Tal omisión permitió que el contenido se divulgara y tomara estado público, afectando el prestigio de la institución y la posible dispersión de prueba ante una eventual investigación administrativa”. 

“Asimismo, al ser consultado sobre qué medidas fueron tomadas con él o los responsables de la filtración del documento, afirmó que todo su personal declinó responsabilidad al respecto”. “El sancionado no tomó las medidas necesarias para evitar que se divulgara la copia del documento ni las medidas posteriores para identificar a los responsables. Hasta aquí esta parte del fundamento de la resolución. Esto fue el 27 de mayo, con la sanción que ustedes escucharon”.

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