La norma fue aprobada en una sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el miércoles por la noche, y más tarde, en la tarde de ese mismo día, fue votada por unanimidad en el Senado.
La ley establece “un régimen de devolución de IVA incluido en las compras en plaza e importaciones de bienes y servicios destinados a integrar directa e indirectamente el costo de los bienes comprendidos en las enajenaciones».
En cuanto a la definición de agua mineral, se considera como «el agua de origen profundo o endógeno gasificada o no, embotellada convenientemente para consumo familiar y que responde a los máximos exigidos por el Código Bromatológico».
La soda es definida en el proyecto como «el agua potable gasificada mediante anhídrido carbónico, mineralizada y alcalinizada artificialmente o no».