Uso de tapabocas obligatorio para algunos casos y recomendado en los ómnibus

Frente a la circulación del Covid-19 el MSP dictó nueva una normativa.

El Ministerio de Salud Pública emitió anoche un comunicado acerca de las medidas que la población debe de considerar tomar por la situación que aún atraviesa el país en referencia al Covid-19.

“En Uruguay existe una transmisión comunitaria sostenida de SARS-CoV-2, y la situación epidemiológica actual evidencia que se ha dado en las últimas semanas un aumento de casos de covid-19. A esto se agrega el componente estacional, con un número importante y creciente de infección por otros agentes virales, como influenza, VRS y otros”, explicó la cartera en el texto difundido a la opinión pública. 

El último informe Covid señalaba que entre el 29 de mayo al 4 de junio se registraron 9.184 casos nuevos, un registro muy parecido al de la semana anterior a esta, donde hubo cinco contagios más. Con 34.072 pruebas realizadas en este lapso, hubo un aumento en la positividad (porcentaje de test que dieron positivos), que en este caso fue del 27%, mientras que la semana anterior a esta arrojó una cifra en torno al 20%, por lo cual la circulación del virus es alta.

Con el objetivo de minimizar la trasmisión del Covid-19 y otros agentes virales, como ser la gripe, el Ministerio de Salud Pública señala que «entiende necesario recordar una vez más que las medidas no farmacológicas y la inmunización que ofrece el plan de vacunación (Covid-19 e Influenza), son el principal soporte en esta etapa”.

Dentro de las sugerencias se recomienda el lavado de manos y uso de alcohol en gel, sumado a la ventilación adecuada de ambientes y se agrega una modificación de la normativa vigente respecto al uso de mascarilla facial. 

La cartera entiende necesario disponer el uso obligatorio de mascarilla facial en los siguientes casos, personas con síntomas respiratorios que mantengan contacto con otras personas por el plazo en que duren dichos síntomas, hasta que se establezca el diagnóstico. A esto se agrega personal sanitario con atención regular directa a público o pacientes siguiendo las recomendaciones del Ministerio y todo usuario y acompañante que ingrese y/o permanezca en un centro de salud, incluidos proveedores.

Asimismo es obligatorio el uso de mascarilla para funcionarios a cargo del cuidado de grupos vulnerables, tales como ELEPEM, centros de cuidado de personas con dependencia funcional u otras situaciones de similares características.

A su vez, con el mismo objetivo, el Ministerio de Salud dispone del uso altamente recomendado de mascarilla facial a personas que, sin cursar síntomas, se encuentren en las siguientes situaciones. Para los usuarios de medios de transporte colectivo, a nivel urbano, suburbano, interdepartamental e internacional y personas que permanezcan en refugios, establecimientos de reclusión o instituciones de similares características.

A esto se agrega aquellos que se encuentren en espacios dónde se sospeche la ocurrencia de un brote de enfermedad respiratoria aguda por el plazo acotado hasta que la situación se resuelva. Además, las personas que permanezcan al cuidado de personas no vacunadas, como niños menores de cinco (5) años y las personas que son elaboradores y manipuladores de alimentos.

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