La Justicia dispuso el sobreseimiento del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, en la causa en la que había sido imputado por presuntos delitos contra la administración pública, poniendo fin a un proceso que generó fuerte repercusión política y pública.
El fallo hizo lugar al planteo de la fiscal de Mercedes, Luisa Vago, quien resolvió desistir del ejercicio de la acción penal al considerar que los hechos investigados no encuadraban en los tipos delictivos inicialmente imputados.
La resolución judicial también alcanzó a otros seis imputados que formaban parte de la causa, cerrando de esta manera el expediente en su totalidad.
En el escrito presentado ante la sede, Fiscalía argumentó que, tras agotar la investigación, no se logró reunir evidencia suficiente para sostener una acusación en juicio. En ese sentido, se concluyó que no existe “plena prueba y ausencia de toda duda razonable”, estándar necesario para obtener una eventual condena penal.
El fallo recoge este planteo y señala expresamente que “los hechos reseñados no se ajustan al tipo penal oportunamente requerido, y por los que fueran formalizados”, lo que determina la imposibilidad de avanzar hacia una instancia de juicio oral.
La causa analizaba posibles delitos como peculado, abuso de funciones y concusión. Sin embargo, tras la evaluación del material probatorio reunido durante la investigación, la fiscal entendió que no se configuraban los elementos necesarios para sostener esas imputaciones.
En su argumentación, Vago destacó que si bien para formalizar una investigación basta con la existencia de elementos de convicción suficientes, el estándar requerido para una condena es sustancialmente más exigente. En este caso, sostuvo, la evidencia recabada no permitía alcanzar ese umbral.
Asimismo, indicó que la etapa de recolección de pruebas se encontraba agotada y que no existían nuevas diligencias capaces de aportar elementos adicionales relevantes para modificar esa conclusión.
El dictamen también hace referencia a criterios establecidos por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, que señalan la necesidad de una evaluación previa y prudente del material probatorio antes de avanzar hacia un juicio. En ese marco, se enfatiza que el sistema penal no admite llevar adelante procesos sin una expectativa razonable de condena.
“El modelo adversarial exige una reflexión seria […] y una conclusión razonada de que con esas pruebas se obtendrá una sentencia de condena”, se cita en el documento, que advierte además sobre la improcedencia de promover juicios sin base probatoria suficiente.
Con base en estos fundamentos, Fiscalía solicitó el sobreseimiento al amparo de los artículos 129, 130 y 132 del Código del Proceso Penal, pedido que fue finalmente aceptado por la Justicia.
Tras conocerse la resolución, Besozzi reafirmó su postura sostenida desde el inicio del proceso. “Siempre supe que era inocente”, expresó, y agregó que tanto él como su entorno familiar atravesaron momentos difíciles durante el transcurso de la investigación.
“Me hicieron pasar mal y mi familia pasó muy mal”, señaló el intendente, quien también reflexionó sobre el impacto personal de la causa. “La vida sigue, pero son cosas que no deberían pasar”, concluyó.
El cierre del caso marca el final de un proceso que había generado atención tanto a nivel local como nacional, en particular por tratarse de un jerarca en funciones y por la naturaleza de los delitos investigados.
Desde el punto de vista institucional, la resolución pone de relieve el funcionamiento del sistema penal acusatorio, en el que Fiscalía tiene la potestad de evaluar la viabilidad de las acusaciones en función de la prueba disponible y desistir cuando no se cumplen los estándares requeridos. En ese sentido, el sobreseimiento no solo implica el cierre de la causa, sino también la constatación de que no existen elementos suficientes para atribuir responsabilidad penal a los imputados.


Pa’ los contras que querían el puerto para entrar droga, el hombre les ganó la intendencia estando preso que ante el más alevoso delito electoral no lo dejaron votar
Dos consideraciones……como es «rutina» en casos…que envuelven…»personajes del circo»…se barrio bajo la alfombra..
O se acuso realmente…a alguien inocente…
Algun dia lo sabremos???…
Algo si es muy…claro…en las dos opciones….el fallo fue politikero….lo que continua degradando….la Justicia como institucion….nada menos que la columna vertebral de cualquier sistema…que se precie de «LIBRE Y JUSTO»…