Afiliación voluntaria a la AFAP: 100 mil personas recibirán asesoramiento

Banco de Previsión Social dispuso a través de sus servicios en línea el asesoramiento para revocar o mantener la opción del art. 8 en la afiliación voluntaria a la AFAP

Desde el Banco de Previsión Social (BPS) se dispuso a través de sus servicios en línea el asesoramiento para revocar o mantener la opción del art. 8 en la afiliación voluntaria a la AFAP. Para realizar este tramite será necesario contar con Usuario Personal BPS.

Para acceder al usuario personal, la persona deberá solicitarlo con su cédula de identidad en los locales de cobranza descentralizada de todo el país.

El plazo para registrarse venció en noviembre del año pasado y el director de los trabajadores en el BPS, Ramón Ruíz intento extender el plazo “pero no fue posible”.

“Planteamos en el Parlamento una prórroga y no hubo receptividad”, y “también en el BPS se solicitó que vía oficio de forma automática pudieran ser asesoradas y no fue posible”, dijo el representante de los trabajadores.

En que consiste la revocación

Las personas incorporadas al Régimen Mixto que optaron por la distribución especial de aportes entre el BPS y la AFAP, amparándose en el art. 8 de la ley 16.713, son las que pueden dejar sin efecto esta opción.

Realizada la revocación, sólo aportará a la AFAP, los meses en que su salario supere el tope A.

Quienes pueden hacerlo son las personas incorporadas al Régimen Mixto y reúnan las siguientes condiciones: tener entre 40 y 49 años de edad, que hayan optado por ampararse al art. 8 sin estar obligadas a hacerlo, que no hayan obtenido una jubilación al amparo del régimen mixto, que no hayan agotado las dos instancias de asesoramiento previstas, que puedan configurar causal jubilatoria antes del 2043.

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