Lejos de mejorarse la situación en los pasos de fronteras, los controles se ven cada vez más enlentecidos a falta de personal en la Dirección Nacional de Aduanas.
La Ley 19.677 autorizó a las Fuerzas Armadas a realizar tareas de vigilancia y apoyo a organismos con jurisdicción y competencia en zona fronteriza, reglamentado —en primera instancia- por el Decreto 412/019 de 09.12.2019. Allí se estipula el marco de cómo y qué hacer y define particularmente todas las operaciones que se pueden realizar en la frontera para cumplir con la misión; debiendo brindar garantías al personal que tenga facultades de fiscalización.
El decreto 92/020 -hoy vigente- que reglamenta a la ley citada, prevé que el personal militar solo podrá abocarse a las tareas de identificación de personas y control de vehículos bajo casos fundados, como la existencia de indicios de delitos (o el intento de cometerlo), debiendo proceder al registro de éstos tan solo cuando la persona se hallare legalmente detenida o se encuentre en flagrancia delictual, debiendo dar conocimiento de inmediato al Ministerio Público y Fiscal.
Dichos controles solo pueden efectuarse en la franja de territorio nacional de 20 kilómetros de ancho contados a partir de los límites definidos en los tratados internacionales correspondientes, quedando expresamente excluidos los centros poblados. Fuera de la denominada “zona fronteriza” las FF.AA. no resultan competentes y solo podrán adoptar los recaudos pertinentes para la transferencia de las responsabilidades a las autoridades de los organismos responsables por la seguridad pública, no pudiendo bajo ninguna hipótesis efectuar detención alguna.
Con fecha 05.05.2023 el Ejército Nacional divulgó un comunicado donde explicita “a partir del 8 de mayo, en el marco de la Operación Frontera Segura, se instalarán nuevos puestos de control permanente en los puentes internacionales de Salto Grande (Salto-Concordia), Gral. José Gervasio Artigas (Paysandú-Colón) y Gral. San Martín (Fray Bentos-Gualeguaychú), para brindar seguridad a los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas durante las inspecciones correspondientes”.
Lejos de ser verdad y contando con la complicidad del Director Nacional de Aduanas, Jaime Borgiani, los militares no realizan control alguno en los puentes internacionales, sino fuera de la jurisdicción de las zonas primarias aduaneras, lo que conlleva a un relentizamiento innecesario e ineficaz, al imponerse un doble control y sin la presencia de funcionarios con facultades de preeminencia en materia de fiscalización.
Con fecha 22.10.2021 este Sindicato denunció oportunamente la injerencia de las FF.AA. en tareas de control y fiscalización aduanera, exhortando a las autoridades a reestablecer el orden y el Estado de Derecho, por cuanto el Estado Uruguayo y la Hacienda Pública se veían expuestos por procedimientos irregulares, pudiendo ser impugnados formal y materialmente, por haber sido realizados por personal incompetente.
Esta situación no es nueva y constituye un nuevo acto de desmantelamiento indirecto de la función de vigilancia aduanera, a la que se ha dedicado sistemáticamente la gestión del actual Director Nacional de Aduanas.
Una vez más, en pos de la defensa de la función aduanera y de la institucionalidad que debe imperar en un estado de derecho, exhortamos a las autoridades del Ministerio de Defensa Nacional —con la complicidad del máximo jerarca de Aduanas- que reestablezcan el orden y que declinen su actitud de ordenar a personal subalterno de cumplir una función que se encuentra por fuera de su ámbito de competencia.
ASOCIACIÓN FUNCIONARIOS ADUANEROS