Corte Suprema británica define que el concepto legal de “mujer” se basa en el sexo biológico

La sentencia implica que una mujer trans con certificado de reasignación de género (CRG) no puede ser incluida en los cupos de representación femenina establecidos legalmente, como proponía el Gobierno escocés.

En un fallo unánime considerado histórico, la Corte Suprema del Reino Unido determinó que, a efectos legales, el término “mujer” se refiere exclusivamente al sexo biológico femenino. La decisión cierra una prolongada controversia en torno a la aplicación de políticas de igualdad de género y representación en espacios públicos.

El dictamen responde a una disputa iniciada en Escocia, donde el gobierno local había modificado la aplicación de la Ley de Igualdad de 2010 para incluir a mujeres trans dentro del cupo femenino en cargos públicos. Esta interpretación fue impugnada por el colectivo For Women Scotland, que argumentó que la medida diluía el propósito original de proteger a las mujeres nacidas biológicamente como tales.

“Los términos ‘mujer’ y ‘sexo’ en la Ley de Igualdad de 2010 deben entenderse en base al sexo biológico”, señalaron los cinco jueces de la Corte en el fallo de 88 páginas.

Si bien los magistrados marcaron límites claros sobre la definición legal de “mujer”, también subrayaron que las personas trans siguen estando protegidas contra la discriminación en virtud de la misma ley, y que el fallo no debe interpretarse como una derrota para el colectivo transgénero.

La sentencia implica que una mujer trans con certificado de reasignación de género (CRG) no puede ser incluida en los cupos de representación femenina establecidos legalmente, como proponía el Gobierno escocés.

La organización For Women Scotland celebró el dictamen como una “victoria para la claridad jurídica y los derechos de las mujeres”, mientras que sectores LGTB+ lamentaron el fallo y advirtieron sobre el impacto que podría tener en la inclusión y protección de identidades diversas.

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