Hace 200 años se declaraban libres a los hijos de esclavas nacidos desde el 7 de septiembre de 1825

Una ley que tendría su etapa culminante entre 1842 y 1846 cuando se prohibió la esclavitud.

Documento original de la ley de 1825.

El Archivo General de la Nación conmemoró la aprobación de la norma por la cual la Sala de Representantes de la Florida declaró la libertad de vientres y la prohibición del tráfico de esclavos, estableciendo un antecedente clave en el proceso hacia la abolición de la esclavitud en el país. La sanción de la Ley de Libertad de Vientres, votada el 7 de septiembre de 1825,  declaraba libres a los hijos de mujeres esclavas nacidos en el territorio desde esa fecha, debe comprenderse en el marco del programa legislativo de la Sala de Representantes de la Provincia Oriental de 1825. Junto con la ley del 6 de setiembre que prohibía la introducción de esclavos, constituyó un paso fundamental hacia la abolición de la esclavitud en el territorio oriental. Estas iniciativas fueron impulsadas por los legisladores de la Sala, en particular bajo el liderazgo de Luis Eduardo Pérez, figura central en esta ley.

La inspiración de estas disposiciones provenía de antecedentes regionales e internacionales. En el Río de la Plata, la Asamblea del Año XIII había sancionado en 1813 una ley semejante de libertad de vientres, y las ideas artiguistas habían defendido la igualdad y la incorporación de libertos a la causa emancipadora. A nivel global, la presión de Gran Bretaña contra el tráfico negrero reforzaba la legitimidad de tales decisiones. El proceso hacia la abolición definitiva en Uruguay fue gradual. Tras las leyes de 1825, la Constitución de 1830 no eliminó expresamente la esclavitud, aunque limitó su vigencia.

Y luego en dos etapas, el 12 de diciembre de 1842, y el 26 de octubre de 1846  se culmina el proceso de abolición total de la esclavitud  haciendo de Uruguay uno de los primeros países del continente en consagrar plenamente este principio.

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