El V Período Ordinario de la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba en su X Legislatura, cargó la responsabilidad de explicar, debatir, analizar y aprobar en condiciones donde no se alcanzan los resultados esperados, pero se generan más acciones para salir a flote.
Se presentaron los informes de Economía, Plan de Gobierno para la corrección de distorsiones, rindieron cuenta ante los diputados las administraciones en las provincias, y el Órgano emitió una declaración en rechazo al Memorándum de la Casa Blanca del 30 de junio del presente año contra líderes cubanos.
Mas, el plato fuerte en las sesiones fue la aprobación por mayoría de votos, de 4 leyes. Legislaciones que acompañaran al país en su camino hacia la atención a las individualidades. Puestas a debate popular desde la publicación de sus anteproyectos, la última sesión las convirtió en norma jurídica.
La Ley del Régimen General de Contravenciones y Sanciones Administrativas ofrece un nuevo concepto de «contravención», y define un sistema sancionador más amplio y ajustado a las condiciones económicas y sociales actuales.

«Constituye un avance significativo en la regulación de esta rama del derecho, porque es superior en la defensa de los derechos ciudadanos y del debido proceso administrativo, al permitir la actualización de las normas de enfrentamiento a las indisciplinas sociales e ilegalidades y reducir la dispersión normativa», declaró Oscar Silvera Martínez, Ministro de Justicia. Esta ley resulta del trabajo de diez años por los miembros del Grupo Temporal, coordinado por el Ministerio de Justicia, y ocho organismos de la Administración Central del Estado. Se señalan como autoridades sancionadoras con facultades para enfrentar las contravenciones previstas en la ley, la Policía Nacional Revolucionaria y los órganos de inspección habilitados a tales efectos.
Sumamente amplia y compleja es la función registral, pues guarda relación con diversos ámbitos de la sociedad y, como medio para contribuir a la formación de estadísticas, tiene vital importancia en la planificación de políticas públicas vinculadas a la población. La disposición normativa relacionado con el Registro Civil busca regular la organización y funcionamiento de dicha institución, el asiento de los hechos y actos de los que toma constancia, su publicidad y los efectos que se derivan de su contenido. Responde a la imperiosa necesidad de perfeccionar e informatizar el Registro Civil y reforzar su institucionalidad; atemperar la función registral civil al contexto actual, y establecer un régimen disciplinario diferenciado.
La Ley del Sistema Deportivo Cubano, fue presentada por Osvaldo Vento Montiller, presidente del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación de Cuba (INDER), quien catalogó el texto como “el primero de su tipo en el país”. El documento tiene por objeto, detalló, establecer el marco jurídico general del Sistema Deportivo Cubano, disponiendo sus fundamentos, ámbitos material y personal, objetivos, principios generales, componentes, organización y funcionamiento. Es una ley moderna, inclusiva, robusta, transparente, que rescata y confirma las mejores experiencias del sistema deportivo cubano y a futuro se convertirá sin dudas en un importante instrumento pedagógico. El diputado Mijaín López agradeció la presentación del informe y al pueblo cubano por su apoyo durante su carrera deportiva. Además tocó un tema medular referido al recrudecimiento del bloqueo y la negativa de las visas para la participación de deportistas cubanos en diferentes eventos.El Inder no rendía cuenta al Parlamento desde 1987 por lo que su coincidencia con el Proyecto de Ley del Sistema Deportivo Cubano han convertido al 2025 en un año histórico para el sector.

El «Código de la Niñez, adolescencias y juventudes», es una norma que también se dedica a las personas adultas, porque a la par de las niñas, los niños y adolescentes, aprenderán a construir otro tipo de relaciones, menos adultocéntricas y más respetuosas de los derechos de cada infancia. La ley persigue el objetivo de propiciar el desarrollo integral de las edades más tempranas, el ejercicio y respeto pleno de sus derechos y establecer el marco institucional destinado a orientar, impulsar e implementar políticas, planes y programas que garanticen su protección, participación, inclusión y su contribución al desarrollo social. «Este código es instrucción, protección, participación, humanismo…evoca la continuidad de la voluntad del Partido, el Estado y el Gobierno de garantizar el desarrollo integral de niñas niños adolescentes y jóvenes. Invoca la determinación de organismos, organizaciones y entidades en la concreción de sus políticas al máximo de sus posibilidades en la protección y atención al bien más importante de la patria sus seres humanos» Nayma Trujillo Barreto, Ministra de Educación.
Culmina la Asamblea Nacional del Poder Popular y en su última jornada, el órgano en uso de sus facultades ha reformado el artículo 127 de la Constitución de la República, eliminando el requisito establecido de tener hasta 60 años para ser elegido al cargo de Presidente de la República en un primer período. El factor demográfico de envejecimiento poblacional que vive Cuba tiene un peso determinante en esta decisión.

