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A diario nos llegan diversas consultas sobre este tema. Acá le contamos lo que hay que saber.
¿Qué es la propiedad horizontal?
La Propiedad Horizontal es un concepto que refiere al derecho que se ejerce sobre uno o más pisos, viviendas o locales de un edificio, que han sido adquiridos por distintos propietarios en forma separada pero que tienen algunos derechos y obligaciones en común. En Uruguay la propiedad horizontal está regulada por la Ley 10.751.
Existen distintos tipos de bienes: Cada propietario será dueño exclusivo de su piso o departamento, y copropietario en los bienes afectados al uso común.
-BIENES PROPIOS: de cada uno de los propietarios
-BIENES COMUNES: pertenecen a la copropiedad.
A su vez, los bienes comunes se dividen por un lado en comunes propiamente dichos y por otro, de uso exclusivo. A continuación, detallamos:
Bienes comunes: Se consideran bienes comunes aquellos “necesarios para la existencia, seguridad y conservación del edificio, y los que permitan a todos y a cada uno de los propietarios, el uso y goce del departamento o piso de su exclusivo dominio”.
Algunos ejemplos de bienes comunes son: terrenos, cimientos, paredes, estructuras, muros divisorios o medianeros, puertas de entrada, escalera, ascensores, patios, la habitación del portero y sus dependencias, las instalaciones generales de agua, gas, calefacción, energía eléctrica, refrigeración, alcantarillado, corredores de uso común, etc. Estos bienes no podrán dejar de ser comunes en ningún caso.
Bienes comunes de uso exclusivo: En este caso, se admite que pueden constituirse derechos exclusivos en favor de uno de los copropietarios sobre los bienes comunes. El bien de uso propio otorga un derecho personal que viene conjuntamente a su adquisición. Al obtener esta exclusividad, también se logra la posibilidad de impedir que otros lo utilicen. En cuanto al mantenimiento y conservación de este, el copropietario que se beneficie deberá hacerse cargo, exceptuando los casos en que el deterioro del bien se deba a factores distintos al del uso por parte del copropietario.
También les corresponde a dichos copropietarios la responsabilidad de los posibles daños que se puedan llegar a causar a terceros, por falta de mantenimiento.
¿Cómo se administran?
Los edificios que se encuentran dentro de este régimen tienen una administración conjunta entre la asamblea de copropietarios y un administrador. La instancia podrá ser convocada por cualquiera de las partes. Las asambleas son clave para el funcionamiento de la propiedad horizontal, ya que en ellas se toman decisiones conjuntas, se discuten asuntos relevantes y se establecen las bases para la convivencia.
Estas particularidades mencionadas requieren de asesoramiento jurídico especializado en la materia.
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Una corrección: el derecho a uso exclusivo de un bien común no es de naturaleza personal sino real del propietario de una unidad. Esto quiere decir que se transfiere con la enajenación de la unidad en caso que ésta se produzca.
Muy apropiada la explicación. Nunca tuve claro que significaba propiedad horizontal.