Feriados en Uruguay; los diferentes tipos que existen y que implican los mismos

El próximo en nuestro país será el 25 de agosto.

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Los feriados en Uruguay son días por lo general fijados por ley, donde se conmemora alguna festividad o acontecimiento histórico.  Es común qué, al acercarse la fecha de un feriado prevengamos de qué tipo es y que implica para nosotros como trabajadores, aquí te lo explicamos.

¿Cuáles son los tipos de feriados?

En nuestro país, los feriados pueden clasificarse según su retribución como comuneso pagos y en relación con la obligación de trabajar, como laborables o no laborales.

El feriado no es un día de descanso obligatorio, como lo puede ser el domingo, entonces es importante entender que feriado y el día no laborable son cosas distintas, en los casos en los que se declara un día como no laborable, tendrá doble calificación: por un lado, el de feriado y por otro el de no laborable. Entonces, los feriados son en principio todos laborables, a menos que se establezca lo contrario.

Feriados comunes

En este caso los trabajadores mensuales perciben su salario habitual, hayan trabajado o no. A diferencia de los trabajadores jornaleros que cobrarán su jornal solo en caso de haber asistido a trabajar.  El empleador tiene la potestad de convocar a sus dependientes a trabajar.

Feriados pagos

Todo trabajador percibirá su salario como si se trabajara, aún cuando no lo haga. A diferencia de los feriados comunes, el jornalero también cobrará el jornal habitual, aun no habiendo trabajado.
Si se trabaja, recibirán doble remuneración, el jornalero doble jornal y el mensual 1/30 del sueldo mensual más.
Los trabajadores que realizan tareas que no admiten interrupción, tienen obligación a concurrir a trabajar si el empleador los convoca, a menos que se declare feriado no laborable pago.

Laborales o no laborales

Los feriados laborables no implican remuneración especial para los trabajadores y puede trabajarse durante ellos. Por otro lado, en el caso de los no laborables existe una prohibición de trabajar, con esto, se busca el efectivo descanso del trabajador, aquí el dependiente no deberá ir sin su consentimiento.

Traslado de feriados

Los feriados que se pueden mover en nuestro país son: el 19 de abril, el 18 de mayo y el 12 de octubre, en los años en que la fecha coincida con un martes, miércoles, jueves o viernes.
Si cae un martes o miércoles, el feriado se corre para el lunes previo, y si cae jueves o viernes, para el lunes posterior, con esto se busca generar un “fin de semana largo” y promover el turismo.

Próximo feriado

El próximo feriado en nuestro país es el 25 de agosto donde se conmemora la Declaratoria de la Independencia, la noche previa, se festeja la Noche de la Nostalgia. Se trata de un feriado no laborable pago, es decir que todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara y en caso de trabajar recibirá doble paga.
Al ser un domingo, día de descanso semanal para muchos trabajadores, al jornalero se le pagará el feriado y el mensual cobrará su remuneración habitual.

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