El Poder Ejecutivo resolvió dar de baja del Ejército a una médica anestesista que cumplía funciones en sanidad militar y que se encuentra acusada por un caso de presunta mala praxis ocurrido en 2023 durante una intervención quirúrgica en el sanatorio SMI investigado por el Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Justicia.
La decisión surge de una resolución firmada por el presidente de la República, Yamandú Orsi, y la ministra de Defensa Nacional, Sandra Lazo. En el documento, al que accedió Diario La R, se dispone “la baja de las Fuerzas Armadas” de la oficial médica “con fecha 18 de diciembre de 2025”.
La resolución señala que la medida fue adoptada tras informes de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, del Departamento Jurídico-Notarial y de la Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
La profesional, que revestía el grado de teniente 1ª, había sido sancionada por el Ministerio de Salud Pública (MSP) luego de una investigación administrativa vinculada a la operación de una pediatra de 41 años que sufrió un paro cardíaco en sala, quedó en coma y falleció meses después. El caso comenzó en 2023, cuando la paciente ingresó al sanatorio SMI para una operación de vesícula considerada de bajo riesgo y de rutina. La cirugía no debía extenderse más de 40 minutos. Sin embargo, durante el procedimiento sufrió un paro cardíaco que derivó en un grave daño neurológico.
La mujer permaneció durante diez meses en estado casi vegetativo hasta su fallecimiento, ocurrido en agosto del año pasado.
La decisión del Ejecutivo se conoció en paralelo a la investigación judicial. En la causa penal a cargo del fiscal de Flagrancia Fernando Romano, la médica fue condenada a 24 meses de prisión con libertad a prueba.
Otro episodio que vinculado a este caso tiene que ver con el propio MSP y la renuncia de cinco de los quince integrantes de la Comisión Honoraria de Salud Pública, organismo que había actuado como tribunal disciplinario y que había recomendado una sanción más severa para la anestesista.
Las dimisiones se produjeron luego de que la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, resolviera reducir de cinco a tres años la inhabilitación profesional aplicada a la médica. La resolución ministerial generó malestar dentro de la Comisión Honoraria debido a que el organismo había recomendado una sanción de cinco años de inhabilitación para ejercer la medicina, además de una reevaluación obligatoria por parte de la Unidad Académica de Anestesiología de la Universidad de la República antes de un eventual reintegro profesional.
Lustemberg entendió que las conclusiones técnicas de la comisión eran “precisas”, “adecuadas” y “correctas”, pero consideró que la duración de la sanción resultaba “desproporcionada” y carecía de una fundamentación suficientemente explícita en relación con el tiempo de inhabilitación fijado.
La ministra argumentó que las sanciones administrativas deben regirse por principios de proporcionalidad, gradualidad y discrecionalidad, y advirtió que una pena excesiva podía derivar en cuestionamientos jurídicos posteriores.
“Sin perder de vista el accionar culpable de la recurrente, aplicar una sanción por ese período podría ocasionar que se esté inmerso en la hipótesis del exceso de poder”, sostuvo la resolución ministerial. Finalmente, el MSP mantuvo la sanción de inhabilitación pero decidió reducirla de cinco a tres años.
La comisión concluyó que se trató de una “muerte evitable” en el marco de un procedimiento quirúrgico considerado de mínimo riesgo si era realizado correctamente. Entre otros elementos, el expediente señala que la anestesista se retiró del quirófano durante la intervención para ir al baño y que no dio aviso adecuado al resto del equipo médico, extremo que fue discutido entre las partes involucradas.
La investigación también cuestionó la atención brindada luego del paro cardíaco. En el recurso presentado ante el MSP, la defensa de la anestesista cuestionó duramente el procedimiento administrativo y sostuvo que existían “gravísimas irregularidades formales y sustanciales”. Sin embargo, el ministerio desestimó esos planteos y ratificó que durante el proceso se garantizaron plenamente el derecho de defensa y las garantías correspondientes. También se tuvo en cuenta que la profesional había sido condenada penalmente mediante un proceso abreviado y que esa resolución había sido acordada con la familia de la víctima.

