La Suprema Corte confirma condena de 9 años para ex policía por torturas durante la dictadura

Se trata de Alejandro Ferreira, quien fue condenado por su implicancia en el marco de la causa conocida como “Los Vagones”.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) desestimó el recurso de casación y nulidad presentado por la defensa del expolicía Alejandro Ferreira, quien fue condenado a nueve años de prisión el 6 de marzo de 2023 por su participación como coautor de varios delitos de tortura en el marco de la causa conocida como “Los Vagones”. El fallo ratifica la sentencia y mantiene la responsabilidad penal del exagente por su rol en los abusos cometidos durante la dictadura militar uruguaya.

Ferreira que hoy tiene 75 años formó parte de la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Canelones entre 1974 y 1976, unidad encargada de la represión en ese período. «Los Vagones», un conjunto de tres vagones de ferrocarril en desuso, fueron utilizados como centro clandestino de detención y torturas, primero en la Escuela de Policía de Canelones y luego trasladados al Parque Artigas. Durante el juicio, 17 víctimas declararon, la mayoría identificando a Ferreira como uno de los responsables de los interrogatorios y torturas. Aunque en primera instancia se lo condenó por tortura, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3º turno modificó la tipificación del delito, condenándolo como autor de un delito continuado de privación de libertad específicamente agravado, en reiteración con abuso de autoridad y lesiones graves, entre otros cargos.

La defensa de Ferreira apeló la decisión ante la SCJ, argumentando desproporcionalidad en la pena. Sin embargo, la Corte ratificó que la condena se ajusta a los márgenes legales y no vulnera los principios de razonabilidad. “La pena aplicada se encuentra dentro de los márgenes legales y no resulta desproporcional, desajustada ni vulneratoria del límite de razonabilidad”, señalaron los magistrados en el fallo. El expediente fue remitido al Juzgado Letrado de 3º turno de Canelones, que ordenó la detención de Ferreira, quien se encontraba bajo arresto domiciliario. Al momento de su arresto, Ferreira se descompensó y fue internado en el sanatorio Comeca. El procesoLos hechos ocurrieron entre 1973 y 1985, específicamente en 1975, en el Departamento de Canelones, en un centro clandestino de detención conocido como «Los Vagones». Ferreira fue acusado de participar en interrogatorios y apremios físicos a detenidos, en su mayoría personas vinculadas a partidos de izquierda y sindicatos. Inicialmente, fue condenado a nueve años de prisión por delitos de tortura. Sin embargo, en segunda instancia, se recalificaron los delitos a privación de libertad agravada, abuso de autoridad y lesiones graves, manteniendo la misma pena de nueve años.

La defensa de Ferreira interpuso un recurso de casación argumentando que la condena era incongruente y se basaba en crímenes de lesa humanidad y tortura, delitos que, según ellos, no existían en el momento de los hechos. Alegaron que la sentencia violaba principios como el debido proceso y la prescripción de los delitos, ya que habían transcurrido más de 40 años desde los hechos. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia desestimó el recurso de casación, argumentando que los agravios no tenían fundamento suficiente para modificar la sentencia de segunda instancia. La Corte afirmó que la recalificación de los delitos fue correcta, sin violar el principio de congruencia, y que no hubo nulidad en el proceso. Además, reiteró que no existía prescripción de los delitos, ya que esto se había resuelto previamente con autoridad de cosa juzgada. Por lo tanto, la sentencia de nueve años de prisión fue confirmada. Finalmente, se ordenó que se procediera con la detención de Ferreira para el cumplimiento de la pena por lo cual fue trasladado desde Canelones donde cumplía prisión domiciliaria a la cárcel para represores de Domingo Arena.

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