Proyecto de ley busca endurecer el control de armas

Se aumentan penas por tráfico y modificación de armas de fuego.

Un arma modificada con un cargador ampliado, incautada por la policía.

El diputado del Frente Amplio Alejandro Zavala presentó un proyecto de ley que introduce modificaciones en materia de responsabilidad penal y regulación administrativa de armas, en línea con el Plan Nacional de Seguridad Pública 2025–2035 del Ministerio del Interior.

La iniciativa señaló se enmarca en el eje estratégico N° 3 del Plan, referido al “Control de armas de fuego y municiones”. En la exposición de motivos se indica que el principal objetivo el proyecto es dificultar el acceso de organizaciones criminales a armas, mejorar la trazabilidad y fortalecer los controles en todo el circuito, desde la importación hasta el uso en la vía pública.

El proyecto modifica la Ley 19.247 y varios artículos del Código Penal. En primer lugar, regula por primera vez las armas no convencionales. El artículo 1 prohíbe la tenencia y porte no autorizado de armas de fuego, municiones, explosivos, armas de aire comprimido y armas electromagnéticas portátiles. Se indica que será el Poder Ejecutivo quien deberá establecer mediante reglamentación los tipos, características y requisitos para su autorización civil.

En materia sancionatoria, se endurecen varias figuras penales. Se agravan las penas para quienes porten o tengan armas con numeración alterada o suprimida, y se introduce una pena específica de dos a cuatro años de penitenciaría para aquellos que modifiquen armas o municiones con el fin de aumentar significativamente su letalidad. Esto es algo que se ha detectado ultimamente, la modificación de armas para hacerlas más letales, ya que realizan más disparos a lo que seríaa si el arma no fuera modificada.

Respecto al porte en lugares públicos, las sanciones se diferencian según la situación del portador. Quien tenga el título habilitante pero no cuente con porte de armas ni el arma registrada correctamente enfrentará penas que van desde tres meses hasta cuatro años de prisión, según la gravedad. Se incorpora como agravante especial la comisión del delito en espectáculos públicos.

En cuanto al tráfico de armas, el proyecto eleva las penas de manera significativa. El tráfico internacional se castigará con cuatro a doce años de penitenciaría, con un aumento de un tercio si es cometido por una organización criminal. El tráfico interno y la fabricación ilegal de armas, municiones y explosivos tendrán una pena de dos a seis años de penitenciaría, también con agravante para integrantes de bandas.

Otra novedad relevante es la obligación de denunciar en un plazo máximo de 24 horas el extravío o robo de un arma. Quien no cumpla con esta obligación será sancionado con 10 unidades reajustables o entre 7 y 30 días de trabajo comunitario. Además, el arma no denunciada se computará dentro del cupo permitido del titular.

El segundo bloque del proyecto se centra en mejorar la interoperabilidad de los registros. Se establecen plazos máximos de 24 horas para que el Ministerio de Defensa, a través del Servicio de Material y Armamento del Ejército, la Dirección Nacional de Aduanas y las armerías proporcionen información en tiempo real a la Policía Nacional. Esto incluye datos de titulares, coleccionistas, operaciones comerciales, importaciones y exportaciones de armas y municiones.

Según la exposición de motivos, estas modificaciones buscan resolver problemas históricos como la dispersión de información entre organismos, vacíos regulatorios y sanciones insuficientes que facilitan el desvío de armas hacia el crimen.

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