Uruguay construyó buena parte de su identidad sobre la educación pública, la gratuidad, la obligatoriedad y la expansión del acceso. Fueron conquistas decisivas, pero que sin embargo no han logrado generar un sistema masivo por falta de equidad y de calidad. Se aprecian además múltiples diferencias sociales en los resultados. Ello ha acontecido en muchos países, lo que ha dado lugar a una nueva agenda de derechos educativos que permita superar dichas limitaciones. Los cambios socioeconómicos, en las tecnologías de comunicación y en los paradigmas educativos, han reforzado la demanda de una nueva agenda educativa, que, además de ampliar la equidad para garantizar la cobertura, coloque el centro en la calidad de los aprendizajes, la diversidad de oportunidades y el aprovechamiento de las TIC, para alcanzar la cobertura y brindar realmente una equidad con calidad.
Durante décadas se ha buscado medir los avances educativos por la cantidad de alumnos, centros construidos y años de escolaridad. Son indicadores necesarios, pero insuficientes como nos muestran los resultados de las pruebas Aristas, y los informes de Logros Educativos. Estar inscripto no equivale a aprender; asistir a clase no asegura adquirir conocimientos; saber no garantiza competencias; e incluso estar inserto en las estructuras no garantiza completar las trayectorias con calidad. El viejo derecho a la educación ha evolucionado hacia una ampliación incorporando el derecho a la calidad, al egreso, a la diversidad y a la pertinencia educativa en la nueva sociedad del conocimiento, global y digital. Constituye una segunda generación de derechos que busca superar el mero enfoque centrado en la cobertura que de hecho ha reproducido desigualdades. Busca superar incluso la visión enfrentada de lo público con lo privado, que muestra las enormes diferencias en los resultados educativos y devela los problemas de equidad. El centro de la nueva agenda es un nuevo corpus normativo y de orientaciones que además reconozcan la diversidad, exijan rendición de cuentas y vuelvan exigibles las declaraciones generales. La Unesco lo ha planteado como una educación de calidad para todos, con sus múltiples perfiles.
Una primera dimensión es la calidad. Los estudiantes deberían tener derecho a docentes titulados, a su actualización permanente y a estudios de posgrado. También a currículos actualizados, evaluaciones externas independientes y planes de mejora ante la constatación de resultados insuficientes. Igualmente se ha planteado una autonomía responsable con rendición de cuentas, la acreditación periódica y obligatoria, especialmente en las carreras de formación docente y de alta incidencia social, tanto públicas como privadas. No basta con autorizar una oferta: es necesario verificar su calidad y publicar sus resultados, y garantizar la actualización posterior y que el valor de las certificaciones se mantenga.
Otra dimensión es el derecho a la educación permanente. Refiere a la continuidad de las trayectorias, la actualización y la propia formación de posgrado de todos. En este tema, quien quiere estudiar no debería perder ese derecho porque otros decidan interrumpir actividades. Respetar el derecho de huelga no supone admitir que se impida físicamente el ingreso de estudiantes o trabajadores que quieren concurrir. Deben existir garantías de acceso seguro, recuperación de clases, reprogramación de exámenes y alternativas ante interrupciones prolongadas, como se ha planteado en un reciente proyecto de Ley planteado por el diputado Felipe Schipani. El costo de los conflictos no debe recaer sobre los estudiantes. También debería reconocerse un mínimo de tiempo pedagógico efectivo. Hace años se abandonó lamentablemente el sano proyecto de 200 horas mínimo de clase.
Otra dimensión es la libertad intelectual. La educación debe formar ciudadanos capaces de pensar, no simplemente de repetir. Eso exige pluralismo académico, presencia de enfoques contrapuestos, distinción entre evidencia y opinión, criterios de evaluación claros y derecho a revisar calificaciones arbitrarias. La libertad de cátedra es indispensable, pero no puede significar la imposición de una perspectiva única ni la penalización de las discrepancias. La diversidad de trayectorias constituye un componente central. El aula presencial y el calendario uniforme fueron instrumentos eficaces de expansión, pero no son las únicas formas de aprender. Quienes trabajan, viven lejos, tienen responsabilidades de cuidado o dificultades de movilidad necesitan ofertas nocturnas, semipresenciales, virtuales y flexibles. Incluso la educación en el hogar merece una discusión jurídica, subordinada a los derechos de niños y adolescentes y a evaluaciones públicas. La igualdad debe residir en los aprendizajes esenciales y sus garantías, no en imponer idénticos caminos.
También debemos reconocer el derecho a la educación internacional incluyendo la educación transfronteriza. Sin acceso a la educación global para todos, se producen fuertes desigualdades educativas. La formación ofrecida por instituciones extranjeras puede llegar sin desplazamientos. Ello implica también la existencia de reglas para verificar la validez de esas ofertas, reconocer estudios cuando corresponda y proteger a los estudiantes. Lo mismo vale para las microcredenciales, los cursos digitales y los créditos transferibles. Diversificar no equivale a desregular: exige mejor información y aseguramiento de la calidad.
La aparición de la inteligencia artificial introduce derechos antes inexistentes, y que refiere a parte de los llamados derechos de quinta generación. Los estudiantes deberían saber cuándo se emplean algoritmos para evaluarlos, tener protegidos sus datos y poder solicitar revisión humana de decisiones relevantes. La alfabetización digital y en inteligencia artificial debería integrar la formación general, no quedar restringida a quienes pueden pagarla.
Una agenda de nuevos derechos requiere, además, instituciones responsables ante la ciudadanía. Los centros deberían publicar resultados de aprendizaje, tasas de egreso, formación de sus docentes y acciones de mejora. Los estudiantes necesitan vías para reclamar, obtener respuestas y reparación ante vulneraciones. Sin información, evaluación y exigibilidad, las garantías se reducen a declaraciones. La evaluación de aprendizajes no debe limitarse a la educación preuniversitaria e INEED debería también encarar la evaluación de la educación superior.
El país no parte de cero. La Ley General de Educación reconoce principios que pueden desarrollarse y existen organismos de evaluación y acreditación. El desafío es articularlos y elaborar proyectos legislativos específicos sobre acreditación, titulación docente, continuidad educativa, pluralismo, transparencia y derechos digitales, respetando la autonomía de los entes, la libertad de enseñanza y los demás derechos constitucionales. El derecho a enseñar, a aprender y a elegir, van de la mano con el derecho a la calidad. Ampliar los derechos educativos significa ampliar también la calidad, la libertad y la responsabilidad de la educación uruguaya.


