Como informamos este lunes, los abogados de los represores procesados por crímenes de lesa humanidad interpusieron un recurso ante la justicia basado en el artículo 329 de la Constitución Nacional que puede llegar a determinar que se declaren nulas las condenas por los criminales de la dictadura.
Para el abogado del Observatorio Luz Ibarburu, Pablo Chargoña la SCJ tiene argumentos para rechazar lo que denomina como una “estratagema dilatoria de Arab, Silveira y Medina”. Chargoña dijo a Diario La R que la SCJ “puede acudir a su propia jurisprudencia”.
En efecto, en el año 2003 la SCJ rechazó actuar como juez penal en la denuncia contra el dictador Juan María Bordaberry. Chargoña explicó a La R que “aun cuando se entendiera que la Suprema Corte de Justicia posee competencia »originaria» para conocer en el presente asunto, en virtud de lo dispuesto por el inciso 2o. del numeral 1o. del art. 239 C.N., y del literal »h» del art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica, correspondería remitir los autos a un órgano jurisdiccional cuya decisión sea susceptible de ser impugnada por el denunciado frente a un tribunal »superior», hipótesis ésta que no se verificaría si la Corte conociera en forma exclusiva y excluyente.», afirmó.
Para el abogado especializado en derechos humanos “debería continuarse el proceso ante la jueza de garantías Adriana Chamasarián, sin más dilatorias funcionales a las obvias chicanas de los acusados”. Por otro lado Chargoña asegura que “cualquier obstáculo en causas penales por graves violaciones a los derechos humanos supondría un manifiesto apartamento de lo que ordena al respecto la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que el Estado uruguayo podría ser duramente recriminado”.
Es una chicana desesperada, digna de los genocidas que la proponen. Se autoproclaman «presos políticos». Qué caras de piedra! Y hablan de la Constitución, después de haber vioaldo la Carta Magna a lso largo de más de trece años (antes ydespués de la dictadura también lo hicieron.
La pregunta realmente importante es por qué el recurso fué presentado ante esta jueza justamente.