Alquileres con fines turísticos quedan exonerados de impuestos

Con la medida, expresada en un decreto, se busca establecer condiciones de igualdad entre los servicios prestados por operadores turísticos locales y las plataformas digitales.

En ese sentido, se definió que las inmobiliarias dejen de ser agentes de retención para contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo, comprendido entre el 1.° de enero y el 9 de abril de 2023, no supere los 31 días.

El anuncio lo realizó el ministro de Turismo, Tabaré Viera, durante la presentación de actividades que se efectuarán en Durazno en el mes de febrero. A la convocatoria asistieron también el secretario de la Presidencia, Álvaro Delgado; el ministro de Ganadería, Fernando Mattos, y el intendente de Durazno, Carmelo Vidalín

Los alquileres de viviendas y de uso turístico están gravados con el impuesto a las rentas de las personas físicas (IRPF), explicó Viera. Agregó que los agentes inmobiliarios estaban definidos como agentes de retención y, al hacer publicidad, “sentían que estaban promoviendo un producto de mayor precio y que eso afectaba su comercialización y su competencia”.

Manifestó que el decreto firmado exonera de la retención del IRPF a los alquileres temporarios en inmobiliarias. “Es algo que el sector estaba reclamando y ahora ha sido contemplado”, sostuvo.

Asimismo, anunció que en breve se elevará un proyecto al Poder Legislativo, para su consideración, referente a la definición y reglamentación de las viviendas de uso turístico comercial. “Hoy, a través de las plataformas, un sistema informal compite deslealmente con quienes pagan impuestos”, indicó.

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