Justicia absolvió a policías acusados del homicidio de Santiago Cor

La Fiscalía le había imputado a los dos funcionarios policiales la comisión de un delito de homicidio preterintencional. La justicia consideró que no se configuró el tipo penal.

Este lunes la Justicia de Durazno dictó sentencia en la causa donde se procesaron a dos funcionarios de la Policía por la muerte de Santiago Cor.

En agosto del 2020, Cor, de 20 años, falleció en el hospital de Durazno tras el accidente que sufrió en su moto. Este sucedió luego de que acelerara cuando policías de tránsito le solicitaron que se detuviera. El joven perdió el control del vehículo y chocó contra un árbol, lo que posteriormente terminó costándole la vida.

La acusación de la Fiscalía y defensa de Heber

Ante los hechos, en julio del año pasado la Fiscalía del mencionado departamento decidió formalizar a los policías que participaron del operativo por entender que hubo abuso de funciones y homicidio en calidad de dolo eventual. Finalmente, se procesó la acusación por un delito de abuso innominado de funciones en reiteración real, con un delito de homicidio simple a título de dolo eventual.

En ese momento la fiscal del caso, Bárbara Zapater, fiscal del caso, dijo: «Lo que pudo determinarse al día de hoy es que estos funcionarios actuaron por fuera del marco de la ley de procedimiento policial. También se solicitaron otras evidencias probatorias como informes de la Escuela de Policía. Ahí dan cuenta de cómo deben realizarse las persecuciones policiales, en qué caso y contexto. Principalmente el hecho de que los policías deben actuar apegados a las normas. Si esto implica un delito, obviamente debemos tipificarlo».

Por otro lado, el Ministro del Interior, Luis Alberto Heber, aseguró que «la policía cumplió con la ley de procedimiento policial. Con la voz de alto y aceptando o no con la misma orden para que se pueda mostrar los documentos; salió escapado del procedimiento policial y por lo tanto creemos que la policía hizo la persecución que la misma ley de procedimiento policial establece”, sostuvo.

El caso se llevó ante la Justicia y el pasado 14 de marzo culminó la audiencia oral. Este lunes, finalmente, la jueza Patricia Hornes determinó que el accionar de los funcionarios policiales no se configuró como delito de homicidio.

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