MSP abrió llamado para personas con discapacidad

El período de postulación para ingresar al concurso de analista de datos está abierto desde el 05 de mayo y continuará hasta el lunes 22.

El Ministerio de Salud Pública (MSP) abrió un llamado para contratar a dos personas con discapacidad que puedan cumplir tareas como analistas de datos en la Dirección General de Fiscalización y ofrece una remuneración de más de $92.000.

El llamado para la Dirección General de Fiscalización del Ministerio de Salud Pública (MSP) es por 40 horas semanales en régimen de ocho horas diarias.

El período de postulación para ingresar al concurso de analista de datos está abierto desde el 05 de mayo y continuará hasta el lunes 22.

La propuesta ofrece $92.661,94 por 40 horas semanales en régimen de ocho horas diarias.

Los horarios serán determinados por la administración según los requerimientos de la tarea en dependencias del Ministerio de Salud Pública en el departamento de Montevideo.

Las personas que sean contratadas ingresarán durante 12 meses en carácter provisorio. Pero transcurrido ese plazo y previa evaluación, el funcionario quedará designado de forma definitiva en el cargo presupuestal correspondiente.

Requesitos

Los requisitos excluyentes para postularse son tener título intermedio expedido por la Universidad de la República. Ó terciario no universitario de UTU en análisis de datos. Técnico en estadísticas, o su equivalente en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura.

También se deberá acreditar estar inscripto en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad. Que deberá estar actualizada (con una antigüedad no mayor a seis meses).

Previo a la suscripción, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a no mantener vigente otros vínculos con la administración pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

Tampoco aplicarán quienes perciban pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

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