El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento el proyecto de modificación de la Ley Integral contra el Lavado de Activos de 2017. En la exposición de motivos se señala que la actividad de lavado de activos «no es una cuestión aislada de la realidad que vive nuestra sociedad. La inseguridad que sufren nuestros ciudadanos se manifiesta, en gran medida, a través de delitos cuyo origen y posterior consolidación económica se nutren, precisamente, de la falta de mecanismos robustos para detectar, prevenir y sancionar el lavado de activos». El proyecto plantea la actualización de los delitos, incorporando el delito ambiental, los ciberdelitos y el fraude financiero.
«Un sistema antilavado robusto y eficiente no solo dificulta la operatividad del crimen organizado, sino que también transmite un mensaje inequívoco a la sociedad: el Estado mantiene un compromiso firme en la lucha contra la delincuencia en todas sus manifestaciones», se sostiene. Se sustituyen los términos de la Ley 19.574: “al tribunal penal competente” por “fiscalía penal competente”; “etapa presumarial” por “investigación preliminar”; “procesado” por “imputado” y “procesamiento” por “formalización”.
Se incluyen como actividades delictivas precedentes al lavado de activos los ciberdelitos, el fraude en las entidades integrantes del sistema financiero nacional y el delito ambiental de introducción de desechos tóxicos.
Además, se uniforma el umbral económico para todas las actividades delictivas precedentes al delito de lavado de activos. Serán actividades precedentes, entre otros, los delitos de narcotráfico, crímenes de genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad, terrorismo, financiación del terrorismo, contrabando (por más de 100.000 UI, equivalente a 650.000 pesos, unos 15.000 dólares), apropiación indebida, estafa, defraudación tributaria, defraudación aduanera, hurto, rapiña, copamiento y abigeato, así como los ciberdelitos, todos por el mismo monto.
Por otra parte, se incluyen modificaciones a algunos artículos de la ley integral «que responden a la necesidad de adaptar dicha normativa a los estándares internacionales». Se propone fortalecer la coordinación interinstitucional en el combate al lavado de activos, redefiniendo la integración de la Comisión Coordinadora contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y rediseñando las atribuciones de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT). También se incorpora a los fiduciarios no financieros a la nómina de Sujetos Obligados supervisados por SENACLAFT.
Asimismo, se modifican los montos de pagos en efectivo. Actualmente, el monto máximo, incluido en la Ley de Urgente Consideración (LUC), es de un millón de UI (6,5 millones de pesos, unos 155.000 dólares). El proyecto lo reduce a 270.000 UI (1,7 millones de pesos, unos 42.000 dólares). El artículo 35 del proyecto establece que “el pago y entrega de dinero en toda operación o negocio jurídico, cualesquiera sean las partes contratantes, podrá realizarse mediante el medio de pago en efectivo hasta la suma de 270.000 UI (doscientas setenta mil unidades indexadas), y el saldo deberá realizarse por otros medios de pago distintos del efectivo. Se entiende por medio de pago en efectivo el papel moneda y la moneda metálica, sean nacionales o extranjeros”.
Cambios en Fiscalía
En 2022 se creó la Fiscalía Especializada en Delitos de Lavado de Activos. El proyecto señala que «la creación de dicha fiscalía buscó que se investigaran más casos de lavado de activos y, en definitiva, que se obtuvieran mayores condenas por este delito y mayor cantidad de decomisos de bienes provenientes del crimen organizado». Sin embargo, «desde que comenzó a funcionar, no se han obtenido los resultados esperados, por lo que, a efectos de dotar al sistema antilavado del Estado, y en particular al subsistema represivo, de mayor efectividad», se propone su transformación para que los fiscales que investigan los delitos precedentes al lavado de activos también investiguen este delito en forma paralela.
Se indica que esta reforma «constituye una pieza vertebral en la estrategia integral destinada a combatir la inseguridad. Al entorpecer el lavado de activos derivado de diversas actividades ilícitas, incluyendo aquellos delitos que impactan directamente en la seguridad de los uruguayos, se debilita la solvencia económica de las organizaciones criminales y se contribuye a un entorno más seguro para la colectividad». Por ello, el Poder Ejecutivo considera que «la aprobación de este proyecto de ley representa un paso trascendental para atender la legítima demanda de seguridad de nuestra ciudadanía».