El Poder Ejecutivo resolvió establecer servicios mínimos para asegurar la continuidad operativa de la Terminal Cuenca del Plata (TCP), en el marco del conflicto colectivo que mantiene la empresa con el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines (SUPRA), a través de su comité de base TCP NELSURY. La medida comenzará a regir a las 00:00 horas de este sábado 12 de setiembre y permanecerá vigente hasta que otro acto administrativo disponga su cese.
La resolución –notificada a la empresa y al sindicato- fue adoptada este viernes por los ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Transporte y Obras Públicas, luego de que la empresa y el sindicato no alcanzaran un acuerdo sobre cuáles deberían ser los servicios mínimos a mantener ante la eventual adopción de nuevas medidas gremiales.
El Poder Ejecutivo fundamentó la decisión en la necesidad de preservar un nivel básico de seguridad y continuidad operativa en la única terminal especializada de contenedores del país, considerando la incidencia de su funcionamiento sobre la producción nacional y el comercio exterior.
La resolución aclara, sin embargo, que se trata de un régimen especial, transitorio y limitado a la situación concreta que atraviesa actualmente la terminal. En consecuencia, establece expresamente que la fijación de estos servicios mínimos no podrá utilizarse como antecedente para otras situaciones y que su aplicación queda circunscripta al conflicto objeto del acto administrativo.
La medida tampoco supone que TCP se encuentre actualmente paralizada. La directora nacional de Trabajo, Marcela Barrios, explicó que los servicios mínimos se aplicarán en caso de que el sindicato disponga medidas que afecten la operativa de la terminal.
Según indicó, actualmente la actividad se desarrolla con normalidad y el objetivo del Ministerio de Trabajo continúa siendo alcanzar una solución al conflicto a través de la negociación colectiva. En ese sentido, informó que las conversaciones entre las partes se retomarán el próximo lunes, mientras durante el fin de semana la cartera continuará realizando consultas y gestiones destinadas a acercar posiciones.
Qué servicios deberán mantenerse
La resolución establece que, en caso de implementarse medidas gremiales, deberán garantizarse determinados servicios considerados indispensables para preservar un nivel básico de funcionamiento de la terminal.
Entre ellos se encuentran los servicios de muelle para la carga y descarga de buques, así como la recepción de contenedores llenos y vacíos, tanto para operaciones de importación como de exportación.
En el caso de la recepción mediante transporte carretero, el régimen fija un mínimo de 25 contenedores por hora.
También deberán mantenerse los servicios de almacenamiento y depósito dentro de la terminal.
El Poder Ejecutivo dispuso, además, que las partes establezcan los mecanismos necesarios para asegurar la plena operativa de los servicios vinculados con contenedores refrigerados, productos perecederos o materiales sanitariamente sensibles.
La resolución procura de esta manera garantizar especialmente aquellas operaciones cuya interrupción podría generar consecuencias sobre cargas que requieren condiciones particulares de conservación o que presentan sensibilidad desde el punto de vista sanitario.
La dotación mínima
Para garantizar los servicios establecidos, el acto administrativo determina una dotación mínima de trabajadores para las diferentes áreas de la terminal.
En mantenimiento deberán permanecer cuatro técnicos, mientras que las tareas administrativas vinculadas a Aduanas requerirán dos empleados y el pañol contará con un trabajador.
Para el área de acceso (gate) de contenedores llenos se establece una dotación de dos casetas, un dispatcher, un yard planner, tres choferes y dos inspectores.
En logística se determina la presencia de un operador de stacker, un operador de elevador, un encargado y un administrativo.
La resolución también establece una dotación específica para las operaciones de buques y playa. Para dos grúas deberán disponerse tres operarios y cuatro apuntadores, además de cinco choferes de straddle carrier, 12 estibadores, cuatro referentes, dos planificadores de buques, un dispatcher, un maquinista de playa de contenedores vacíos y dos administrativos de operaciones.
Para el gate de contenedores vacíos se establecen un administrativo, un dispatcher, un yard planner, un coordinador, un maquinista y un inspector.
La organización de los turnos necesarios para cumplir con esta dotación quedará a cargo de TCP, que deberá respetar las categorías laborales, las habilitaciones técnicas correspondientes, los descansos y las normas de seguridad y salud en el trabajo.
La empresa deberá comunicar además al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas la nómina de trabajadores comprendidos en cada turno.
Una decisión vinculada al conflicto colectivo
La resolución recuerda que durante el conflicto las medidas gremiales adoptadas han afectado la normalidad del funcionamiento de la terminal y señala que los esfuerzos realizados por las autoridades para generar ámbitos de conciliación, mediación y negociación no permitieron hasta el momento alcanzar un acuerdo para la suscripción de un nuevo convenio colectivo.
El Poder Ejecutivo invoca en sus fundamentos la legislación portuaria, particularmente la Ley Nº 16.246, que establece como objetivo prioritario para el desarrollo del país la prestación de servicios portuarios eficientes y competitivos y dispone que estos servicios se presten durante las 24 horas del día y todos los días del año cuando la demanda así lo requiera.
La misma normativa establece para las empresas privadas prestadoras de servicios portuarios la obligación de mantener la continuidad y regularidad de los servicios.
Los ministerios también hacen referencia al Decreto Nº 412/992, reglamentario de la Ley de Puertos, y a los principios de continuidad, seguridad, regularidad, productividad y eficiencia de los servicios portuarios.
Otro de los fundamentos centrales de la resolución refiere a los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que admite la posibilidad de establecer servicios mínimos en determinadas actividades de importancia trascendental cuando una huelga pueda generar consecuencias de particular gravedad.
El documento señala asimismo que, de acuerdo con esos criterios, las partes deberían poder participar en la definición de los servicios mínimos. Precisamente, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Transporte habían dispuesto el pasado 8 de setiembre que TCP y SUPRA acordaran la determinación de las prestaciones indispensables.
Como no fue posible alcanzar un acuerdo entre las partes, el Poder Ejecutivo asumió finalmente la definición de los servicios.
Negociación abierta
Junto con la fijación de los servicios mínimos, la resolución dispone que la Dirección Nacional de Trabajo mantenga abiertos los canales de conciliación y negociación colectiva.
El Ministerio de Trabajo podrá convocar nuevamente a las partes con el objetivo de avanzar hacia un entendimiento que permita superar el conflicto y alcanzar un nuevo convenio colectivo.
La decisión adoptada este viernes constituye así una medida destinada a establecer un piso operativo ante eventuales nuevas medidas gremiales, pero no modifica el objetivo declarado por el gobierno de alcanzar una solución negociada.
El régimen comenzará a aplicarse a partir de la medianoche del sábado y permanecerá vigente hasta que otro acto administrativo determine su finalización.
La resolución lleva las firmas de la ministra de Transporte y Obras Públicas, Lucía Etcheverry, y del ministro de Trabajo y Seguridad Social, Juan Castillo.


