La Rendición de Cuentas presentada al Parlamento revela que, entre 2020 y 2025, la matrícula de Formación Docente del país, a cargo del Consejo de Formación en Educación (CFE), cayó de 32.250 a 27.612 estudiantes, lo que representa una reducción del 14%. Mientras la matrícula de Magisterio disminuyó un 6%, la formación de profesores registró una caída mucho mayor: 20%, al pasar de 18.355 a 14.755 estudiantes. Esta contracción anticipa una menor demanda futura de nuevos profesores y constituye uno de los fundamentos que subyacen al Plan de Egreso del CFE-ANEP: a medida que los llamados a efectividad permitan cubrir las vacantes docentes, se reduciría la necesidad de recurrir a personas sin título de formación docente. La evolución de la matrícula debe analizarse también en relación con el gasto por estudiante. En los distintos niveles de Primaria y Secundaria ese costo ha disminuido, pero ello todavía no ocurre en el CFE, que presenta actualmente el mayor gasto anual por estudiante de toda la ANEP: $231.348, frente a $183.396 en la educación técnico-profesional (UTU), $172.846 en Inicial y Primaria y $161.381 en Secundaria.
A este escenario se agrega el descenso de la natalidad. Según la propia Rendición de Cuentas, los nacimientos disminuyeron un 41%, al pasar de 48.926 en 2015 a 28.842 en 2025. En paralelo, la matrícula se redujo en 23.434 estudiantes en Educación Inicial, 28.653 en Primaria y 22.142 en Media Básica, mientras que en Media Superior aumentó en 20.626 estudiantes. Sin embargo, la caída del 14% de la matrícula del CFE no puede atribuirse directamente al descenso reciente de la natalidad, porque el impacto demográfico sobre este nivel terciario se manifiesta con varios años de rezago.
La reducción de la matrícula del CFE parece responder, por tanto, tanto a cambios estructurales en la demanda de profesores como a decisiones de política educativa adoptadas por el propio Consejo. Entre ellas se encuentran los cierres de cursos realizados el año pasado en distintos puntos del país, que generaron protestas y ocupaciones de docentes y estudiantes. La Rendición de Cuentas 2026 no aborda de manera directa estas problemáticas ni introduce reformas normativas sustantivas. Se concentra, principalmente, en incrementar los recursos presupuestales y, de ese modo, termina otorgando sustento económico al Plan de Egreso. A los aumentos ya previstos en el Presupuesto quinquenal —que llevarán los incrementos destinados a educación de $2.931 millones en 2026 a $4.385 millones en 2029—, la Rendición agrega $407 millones en 2027 y $307 millones tanto en 2028 como en 2029, aun en un contexto de reducción de la cantidad de estudiantes.
Aunque la propuesta de Rendición de Cuentas no identifica al Plan de Egreso y Titulación como un programa presupuestal individualizado ni establece expresamente un régimen excepcional de titulación, contiene elementos que muestran que el Plan continúa siendo instrumentado pese a las protestas de estudiantes, académicos y organizaciones gremiales. El Plan puede contribuir a que personas que abandonaron sus estudios completen su trayectoria; pero, al mismo tiempo, abre la posibilidad de otorgar lo que críticamente se ha denominado “títulos de cartón”, cuestión que plantea importantes objeciones jurídicas. En efecto, una cosa es facilitar el egreso y otra muy distinta modificar las condiciones sustantivas requeridas para obtener un título. Lo primero se encuentra dentro de las competencias de la ANEP y del CFE: pueden ofrecerse cursos extraordinarios, flexibilizarse horarios o habilitarse períodos especiales de evaluación, la pregunta sin embargo es porque sólo a los que abandonaron y no a todos los estudiantes. Otorgar títulos, en cambio, plantea un problema jurídico cuando supone considerar acreditados conocimientos o competencias curriculares sin una evaluación académica equivalente.
La ANEP no ha dado una respuesta suficiente a esta objeción: debe determinarse si está organizando una vía especial para que una persona demuestre que alcanzó las competencias correspondientes al título —en la lógica de la denominada Ley Craviotto, aprobada durante la dictadura— o si, por el contrario, está sustituyendo requisitos académicos del título por antecedentes laborales. Si existiera un trayecto formativo acompañado de una evaluación académica sólida, rigurosa y realizada por pares externos, capaz de comprobar conocimientos y competencias equivalentes a las asignaturas pendientes, la fundamentación jurídica del Plan sería considerablemente más sólida. El problema se vuelve más grave si, como surge del propio Plan, la antigüedad docente y la evaluación laboral producen por sí mismas la exoneración de asignaturas sin una evaluación académica equivalente. En ese caso, el ejercicio profesional pasa a operar como sustituto de requisitos curriculares establecidos para la obtención del título, lo que fortalece de manera significativa la objeción jurídica. La magnitud del régimen previsto refuerza estas dudas. La resolución de la ANEP contempla la posibilidad de otorgar títulos a docentes con al menos ocho años de ejercicio, una evaluación no inferior a 71 puntos y formación vinculada al campo disciplinar equivalente, como mínimo, al 50% de la carrera. Asimismo, prevé el reconocimiento de entre 180 y 270 créditos por formación previa, hasta 90 créditos por experiencia profesional, la aprobación de unidades curriculares complementarias y una propuesta semestral de pedagogía y didáctica. Si el título de grado se estructura sobre 370 créditos, 270 créditos equivalen aproximadamente al 73% de la carrera y los 90 créditos reconocibles por experiencia profesional representan otro 24%.
En términos teóricos, 270 más 90 suman 360 créditos: casi el 97% del total exigido. No se advierte, sin embargo, un fundamento jurídico suficiente que permita sostener que ocho años de ejercicio profesional puedan computarse automáticamente como 90 créditos académicos. Allí se encuentra uno de los puntos más controvertidos del Plan: no en facilitar que los docentes culminen sus estudios, sino en determinar si la experiencia laboral puede sustituir, y en qué condiciones, la acreditación académica exigida para la obtención de un título de grado. Es totalmente correcto que se les llame títulos de cartón, pero más grave es que sean polizontes y tengan los mismos derechos.


