El proceso de legalización de migrantes en Uruguay es, sobre el papel, un ejemplo de apertura y acogida. La Ley de Migraciones N° 18.250 consagra el derecho a la reunificación familiar, la igualdad de trato y el respeto a la identidad cultural. En la práctica, sin embargo, la burocracia estatal convierte estas normas en una carrera de obstáculos. Especialmente para quienes provienen de países no limítrofes o de comunidades que han ingresado al país en contextos humanitarios.
Uno de los principales puntos de congestión es el sistema de refugio. De acuerdo con datos del parlamento y organizaciones que trabajan con Naciones Unidas, actualmente hay unas 30.000 solicitudes de refugio sin resolución en Uruguay. Muchas de estas personas ingresaron al país hace más de dos años, pero la falta de recursos, personal y trabas legales han creado un limbo migratorio para los solicitantes. En ese tiempo, no pueden acceder a una residencia legal por otras vías, ya que la ley les exige optar por una sola calidad migratoria. El resultado es una larga espera en la que no están formalmente indocumentados, pero tampoco cuentan con los derechos plenos de un residente.

Para descomprimir el sistema, en mayo de 2024 se aprobó un decreto que creó el programa de Residencia por Arraigo, dirigido a quienes habían solicitado refugio antes de esa fecha. La medida fue bien recibida, pero los plazos impuestos (vigencia hasta noviembre de 2025) transformaron la solución en un nuevo problema. Quienes no alcanzaron a completar los trámites en ese período, o quienes llegaron después, quedaron fuera. Un nuevo proyecto de ley impulsado por la diputada del Partido Nacional Leydis Aguilera intenta convertir esta figura en una ley permanente. Pero mientras se discute, miles de personas siguen sin poder regularizar su situación.
Además, el marco legal exige, para acceder a la residencia, haber ingresado por un punto de control migratorio habilitado. Esta cláusula excluye a quienes cruzaron por pasos no habilitados, incluso si lo hicieron huyendo de situaciones de persecución o violencia. Organismos de derechos humanos señalan que esta exigencia contradice el espíritu garantista de la ley y el derecho humano a migrar. Dos colectivos especialmente afectados son los inmigrantes de Cuba y República Dominicana. La única alternativa suele ser solicitar refugio, pero allí chocan con el atraso ya mencionado y con el hecho de que no siempre califican estrictamente como refugiados.
Una situación particularmente compleja es la de los solicitantes de refugio cuya petición es rechazada. La ley les permite apelar, pero durante ese proceso no pueden trabajar formalmente ni acceder a la residencia por otra vía. Si la apelación es denegada, quedan en situación irregular y son pasibles de deportación. Muchos llevan años en esta situación, formando familias y arriesgándose al país, sin poder salir de un limbo que la propia ley creó.
Un informe de Naciones Unidas en Uruguay señala que, si bien el país ha avanzado en el reconocimiento institucional de la problemática migratoria, “el debate acerca de la migración en la infancia y la comprensión de los procesos de integración de los niños y niñas migrantes en nuestro país son apenas incipientes”.
Uruguay cuenta con una legislación migratoria de avanzada, pero su implementación está fracturada por normas que no se ajustan a la realidad de los flujos migratorios actuales. La existencia de miles de solicitudes de refugio sin resolver, la aplicación temporal de figuras como la residencia por arraigo. Y los requisitos documentales casi imposibles de cumplir para ciertas nacionalidades convierten el proceso de legalización en un problema en sí mismo, contrario al espíritu de la ley.

