La Cámara de Diputados debate este martes el proyecto de ley de “muerte digna”, que define la eutanasia como el procedimiento realizado por un médico —o por su orden— para provocar la muerte de una persona que cumple las condiciones previstas y lo solicita de forma reiterada, válida y fehaciente.
La iniciativa, que en principio contaría con mayoría para ser aprobada, establece un protocolo de ocho etapas. Si recibe luz verde en Diputados, pasará a la Cámara de Senadores.
Las etapas del procedimiento:
Solicitud personal: el interesado debe pedir la asistencia para morir por escrito a un médico, firmando en su presencia.
Control de admisibilidad: el médico verifica que el paciente cumple las condiciones, le informa sobre tratamientos y cuidados paliativos, y confirma que su voluntad es libre y firme.
Segunda opinión médica: otro médico consulta presencialmente al paciente y revisa su historia clínica. Si discrepa con el primero, se convoca a una junta médica.
Segunda entrevista: el primer médico vuelve a reunirse con el paciente para confirmar su decisión.
Última voluntad: en esa segunda entrevista, si la persona ratifica su decisión, la deja por escrito ante dos testigos.
Cumplimiento: el médico actúa cuando y donde el paciente lo disponga.
Comunicación al MSP: se notifica al Ministerio de Salud Pública.
Control del MSP: si el ministerio detecta un apartamiento grave del procedimiento, lo reportará a la Fiscalía General de la Nación.
El texto legal apunta a regular un proceso “claro, seguro y controlado” para quienes deseen acceder a la eutanasia, contemplando instancias de verificación médica y protección de la voluntad del paciente.

